Las entidades del estado pueden liquidar de manera bilateral un contrato pasados los treinta (30) meses del término de caducidad de la acción si hay acuerdo de voluntades
La liquidación de los contratos es el cruce de cuentas que realiza la administración una vez vencido el plazo contractual o por una terminación anormal del contrato, dicho proceso se encuentra debidamente estableciendo en tres momentos i) liquidación bilateral, se efectúa dentro del plazo definido e...
- Autores:
-
Herrera Mondragón, Bibiana Marcela
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/10449
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/10449
- Palabra clave:
- Contract
Bilateral
Unilateral
Expiration
Entity
Crossing accounts
Contractual action
Contrato
Bilateral
Unilateral
Caducidad
Entidad
Cruce de cuentas
Acción contractual
- Rights
- openAccess
- License
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