La presunción legal de discriminación laboral hacia el desmovilizado como garantía de no repetición de conflicto.
Según la encuesta publicada en 2010 por Confecámaras y la Organización Internacional para las Migraciones- OIM, que censó la actitud tomada por mil setenta empresarios de dieciséis municipios colombianos, la perspectiva generalizada que tiene el sector empresarial colombiano frente a la inmersión in...
- Autores:
-
Mozo Bueno, Johan Sebastián
Prieto Naranjo, Kimberly Marcela
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/19412
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/19412
- Palabra clave:
- Discrimination in the work area
Exclusion
Demobilized population
Right to work
True
Justice
Transitional justice
Conventionality control
Justicia transicional -- Colombia
Jurisdicción especial para la paz -- Colombia
Procesos de paz -- Colombia
Conflicto armado -- Legislación -- Colombia
Violencia Colombia
Derecho laboral
Discriminación laboral
Exclusión
Población demovilizada
Derecho al trabajo
Verdad
Justicia
Justicia transicional
Control de convencionalidad
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Según la encuesta publicada en 2010 por Confecámaras y la Organización Internacional para las Migraciones- OIM, que censó la actitud tomada por mil setenta empresarios de dieciséis municipios colombianos, la perspectiva generalizada que tiene el sector empresarial colombiano frente a la inmersión inicial de la población desmovilizada en la sociedad, es de temor y desconfianza. La situación corroborada de discriminación y exclusión, impide o trunca los esfuerzos que empeñan los desmovilizados excombatientes tanto de las FARC, como de demás grupos sometidos a otros modelos de justicia transicional, en ingresar a laborar formalmente en estas empresas (Antón, M., Grueso, M. y López M., 2016). Los resultados de esta y todo un conjunto de investigaciones adicionales realizadas en torno al tema y que se recopilaron para efectos de este estudio, han sido confrontados con las necesidades propias del modelo de transición que se requiere diseñar para el caso colombiano, y con las medidas ya implementadas en sede de Justicia transicional a partir de la suscripción del Acuerdo de paz con la guerrilla de las FARC. De ese modo surgió la necesidad de proponer soluciones normativas pertinentes, frente a la tensión y el conflicto socio-jurídico existente, entre la ausencia de herramientas legales que le garanticen a esa población, expresamente, el ejercicio del derecho al trabajo en condiciones de igualdad; los mecanismos legales de Justicia transicional actualmente implementados para atender el fenómeno de la discriminación laboral en el postconflicto, y el alcance en la dimensión de eficacia normativa, que los mismos puedan ofrecer en el campo de acción. Ello requiere que los programas de DDR, en las fases de reintegración personal, laboral y comunitaria, remuevan o reduzcan efectivamente las barreras que impiden el acceso del desmovilizado al campo laboral por causas discriminatorias, pues de otro modo, se deja abierta la brecha a un fenómeno social que tiene la capacidad de influir negativa y gravemente en el cumplimiento de las Garantías de no repetición, a tal punto de poder comprometer el cumplimiento total de los programas de Justicia transicional, habida cuenta de la falta de sustentos económicos que habiliten al desmovilizado para realizar la transición en su actividad económica. El problema se aborda desde un enfoque de investigación socio-jurídico, partiendo de una perspectiva de estudio sociológica funcionalista. Se realiza la observación indirecta de documentos y los datos recolectados se analizan inductivamente, a partir de un método de investigación cualitativo dirigido a analizar de forma empírica, íntegra y holística, los fenómenos sociales que confluyen interdependientemente, en la conformación de la cultura colectiva como sistema social articulado y regulador de la conducta. Por consiguiente, contribuye a la identificación de cambios sociales y tendencias de victimización específicas, a la proyección anticipada de escenarios de conflicto o consenso, al mejoramiento de la técnica legislativa, y a la comprensión de otros campos de acción del Derecho, en el contexto del posconflicto. Autores como Emilio Durkheim, Talcott Parsons y Robert Merton que hicieron parte de la corriente sociológica denominada como estructural funcionalismo, orientaron sus estudios al análisis de las conductas individuales de los actores sociales y su función específica en la cultura y, en consecuencia, de la organización social a la que pertenecen. En esa vía, se centraron en la comprensión del papel que desempeñan las acciones en la conformación de las estructuras sociales, de las instituciones y las reglas jurídicas interiorizadas y legitimadas en el mismo principio. Esencialmente, la característica compartida por la línea de pensamiento del funcionalismo estructuralista, es comprender al conjunto social, como un organismo que opta o tiende, sea constreñida o espontáneamente, a la autocomposición y autorregulación de los disensos o conflictos surgidos en su interior, mediante el logro tácito o expreso del consenso social basado en la renuncia mutua de ventajas estratégicas. Atendiendo esa misma postura, el enfoque de este estudio permite identificar los hechos sociales determinantes para la materialización y saneamiento de los derechos humanos y laborales que son objeto de estudio. De la mano de la comprensión integral de los factores que inciden en la eficacia de la norma jurídica en contextos de post-conflicto, se amplía el margen de protección que la propuesta de investigación contempla, a una extenso campo de demás necesidades insatisfechas, determinantes para el fortalecimiento del efecto real de las normas jurídicas de transición, en condiciones sociales específicas de aversión política a la consolidación de la paz, como ocurre en el caso colombiano. A partir de este, se vislumbra que a la población desmovilizada de las FARC inmersa en el presente proceso de desmovilización y reintegración a la vida en sociedad, le es vulnerado el derecho al trabajo y el cumplimiento de verdaderas Garantías de no repetición del conflicto, toda vez que el individuo, afectado por insuficientes estrategias públicas de reinserción y la segregación social a la que se enfrentan ante las comunidades locales y el mercado laboral privado, no logra vincularse efectiva y/o prontamente al mercado laboral. En consecuencia, los niveles de insatisfacción de sus necesidades básicas, junto con los porcentajes de reincidencia, se elevan. De contera, el proceso de transición a la paz, fracasa por sus fallas en la supresión y erradicación de los motivos originarios del conflicto. La teoría jurídica concibe a la Justicia transicional como un instrumento jurídico diseñado para la normalización social, el retorno a la paz y la cesación de los hechos vulneratorios de los derechos humanos, de manera posterior a extensos periodos de conflicto armado y violencia generalizada. Esta propende por la consolidación de planes gubernamentales de acción jurídica y social, de modo que se aborden las peticiones de la comunidad victimizada, apremiada por Justicia, Verdad, Reparación y medidas que satisfagan las Garantías de no repetición. Una parte de los postulados propios del principio de garantía de no repetición, incluye priorizar la consolidación de un ambiente social cálido y fértil en donde el desmovilizado, pueda satisfacer la totalidad de sus necesidades básicas y construir sólidamente su proyecto de vida. En este sentido, el derecho al trabajo se alza como una necesidad vital y derecho fundamental constitucional, y aún más, como garantía de no repetición del conflicto. A la luz de la instauración de mecanismos insuficientes de apoyo laboral al desmovilizado, de programas cuya capacidad de modificación real de sus condiciones de existencia es baja, y en virtud del alto porcentaje de aversión en el que se sitúa la opinión de los empresarios, frente a la posibilidad de vincular a sus empresas población desmovilizada; se constituye un conflicto entre el derecho al trabajo de los desmovilizados y las herramientas aplicadas para el reforzamiento de las Garantías de no repetición, principio de Justicia transicional vinculante y esencial en el entendimiento del problema. Sólo a partir de la comprensión de estas condiciones fácticas y jurídicas, se puede abordar concretamente el cuestionamiento de ¿Qué mecanismos jurídicos se deben adoptar para asegurar la satisfacción del Derecho al trabajo de los desmovilizados colombianos en el contexto de la 5 Justicia transicional, que le permitan el acceso y estabilidad al trabajo en condiciones de igualdad material? La ejecución de un mecanismo de Presunción de discriminación laboral para la transición se constituye como una herramienta jurídica que permite identificar y resolver los eventos de discriminación laboral hacia el desmovilizado, incidiendo directamente sobre el empleador a través de un procedimiento administrativo célere y eficaz que contribuya a la consolidación de una nueva postura común relativa al papel del desmovilizado en sociedad, coadyuva a la normalización de los procesos de desmovilización futuros y asiste en la conformación de Garantías de no repetición del conflicto. En síntesis, la investigación está encaminada a fundamentar la implementación de la Presunción de discriminación laboral para la transición, como una herramienta jurídica idónea para la satisfacción del Derecho al trabajo de los desmovilizados en el contexto del post-conflicto colombiano, a partir del reconocimiento de las barreras socio-jurídicas existentes, y en función de subsanar las deficiencias del actual modelo de DDR y de la JEP, establecidos como estrictos estamentos que brindarían Garantías de no repetición efectivas y duraderas. El presente estudio se adscribe a un enfoque de investigación de tipo socio-jurídico, y en la misma línea de estudio principal del centro de investigaciones de la Universidad Libre, se preocupa por la identificación de las necesidades esenciales de la sociedad colombiana actual, con el propósito de colaborar desde el campo de estudio del Derecho, en su atención y solución definitiva. Lo anterior se logra en el caso concreto, a partir de la comprensión del comportamiento de unidades sociales perjudiciales como lo es el fenómeno de la discriminación, que influyen en otras de especial relevancia jurídica como lo es el fortalecimiento del modelo de Justicia transicional actual. Ello tiene por propósito generar cambios socioculturales profundos en favor de la restauración de amplios espacios de dialogo y dirección social con enfoques democráticos y pluralistas. De ese modo se contribuye a la reproducción de modelos de acercamiento entre sectores sociales distanciados y de solución pacífica de conflictos, basados en la reconstrucción de criterios de identidad comunes para las comunidades enfrentadas. Este, como un estudio con bases socio-jurídicas, contempla un conjunto de premisas epistemológicas e instrumentos metodológicos para formular una solución o respuesta jurídica a una problemática social, a partir de una concepción fáctica del ejercicio del Derecho dentro de un ordenamiento jurídico específico. Bajo esa premisa, para el desarrollo de esta investigación se hace uso del enfoque cualitativo, toda vez que se interpreta el fenómeno de la empleabilidad tardía o ineficaz de los desmovilizados en el ámbito de la Justicia transicional, de acuerdo con las consecuencias y significados que conllevan para las personas implicadas. Lo anterior fue posible mediante el uso de matrices de observación indirecta del objeto de investigación teniendo como muestra, estadísticas, investigaciones y estudios, íntimamente relacionados con la unidad de análisis, esto es, la tarea principal de identificar las variables que influyen en la capacidad de reinserción del desmovilizado al mercado laboral en contextos de posconflicto y justicia transicional; con la finalidad de emplear el método deductivo, consistente en la observación de situaciones generalizadas, con lo cual se obtendrán conclusiones lógicas relacionadas al problema de investigación, hasta llegar a la problemática particular de cada una de las variables bajo examen. Se tomó base la correlación entre los datos y las categorías por estudiar, a saber: i) los escenarios sociales de vulnerabilidad para la reinserción de los desmovilizados, ii) los mecanismos 7 de protección establecidos para el desmovilizado en el posconflicto y iii) la capacidad de modificación de condiciones reales de existencia del reinsertado. Para la debida comprensión del propósito y desarrollo de la investigación, deben tenerse en cuenta los valores en estudio que se encuentran en tensión y que dieron origen al problema de investigación. Para ser precisos, aquellos valores son tres: i) Derecho al trabajo ii) Justicia transicional y iii) la herramienta jurídica de Presunción legal de discriminación hacia el desmovilizado para la transición. Estos se entrelazan, teniendo en cuenta que el Derecho al trabajo de los excombatientes del conflicto armado interno colombiano no está contemplado como un elemento esencial de realización de la justicia transicional, situación que demanda resarcirse por medio de herramientas jurídicas y recursos institucionales idóneos, por lo cual la Presunción de discriminación laboral para la transición resulta ser una solución apropiada, idónea, necesaria y proporcional en lo concerniente al marco constitucional en el que se encuentra inmerso. Es una herramienta jurídica de gran impacto en la supresión de las causas del conflicto armado y en la consecución de la paz. Está dirigida a materializar el principio de no repetición y a permitir que la autoridad administrativa laboral efectúe un control de convencionalidad administrativo en desarrollo de sus funciones, en los trámites de selección y contratación de los excombatientes en el mercado laboral. En lo que prosigue, tres capítulos dispuestos sistemáticamente, a la contextualización del problema jurídico de investigación identificado, a la conceptualización de los resultados de estudio y a la validación de los mecanismos diseñados para el mejoramiento de las Garantías de no repetición propuestas, como hipótesis válida con capacidad de proyección en la generación de cambios positivos para la comunidad. En el primer capítulo de la investigación se formula metodológicamente y desde un enfoque socio-jurídico funcionalista, la situación socio-problémica consistente en el alto porcentaje de empresas colombianas reacias a contratar o dispuestas a despedir, por la simple condición de ser desmovilizado. Se identifica la inexistencia de mecanismos jurídicos de Justicia transicional que prevean tal circunstancia a partir de un enfoque integral. Se estudian los efectos y riesgos de una alta tasa de desempleo y un alto nivel histórico de reincidencia de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, en la consolidación del actual proceso de reincorporación de las FARC a la sociedad; y se justifica el estudio de herramientas jurídicas precedentes que subsanen la situación íntegra y eficazmente, a partir de la intervención directa de las autoridades locales en las comunidades y el sector empresarial. La segunda parte se centra en la conceptualización de los resultados del estudio de casos, que sirven de apoyo a la resolución de la pregunta de investigación. A partir de la aplicación de una estrategia investigativa deductiva de corte socio-jurídico y enfoque cualitativo, se observan y diagnostican los componentes que influyen en la capacidad de empleabilidad del desmovilizado, como unidad de análisis investigativa. Seguido a la observación de los casos, se identifican líneas de comportamiento común tanto de la comunidad desmovilizada como de la empresarial, ante las necesidades laborales en el contexto de la Justicia transicional. Como resultado, se constata la necesidad de contar con mecanismos jurídicos excepcionales de protección del trabajador desmovilizado, que permitan la eliminación de las barreras sociales y laborales discriminatorias existentes y que aseguren el cumplimiento de las Garantías de no repetición, a partir de la intervención, seguimiento y control efectuado por las autoridades administrativas. Finalmente se expone la validación del mecanismo administrativo de Presunción de discriminación laboral para la transición, como herramienta jurídica idónea para la resolución del 9 conflicto actual existente entre el Derecho al trabajo en condiciones de Igualdad de las comunidades desmovilizadas y el enfoque de las Garantías de no repetición del conflicto del vigente modelo de Justicia transicional, a partir de la adopción de medidas que propendan por la satisfacción del Derecho a la Igualdad material de las partes intervinientes en la relación laboral, materializado en programas de seguimiento de casos específicos. Se argumenta cómo, a través de la adopción de instituciones jurídicas existentes en la legislación laboral destinadas a la disminución de los índices de discriminación, se le brindaría un nuevo ámbito jurídica y procedimentalmente viable de protección, a esta, una parte desatendida de la sociedad de pos conflicto, en pro de la consolidación de suficientes herramientas de creación y sostenimiento de paz. Los resultados de investigación contribuyen a la comprensión del ámbito de aplicabilidad del control de convencionalidad ex oficio administrativo de Derecho internacional de los Derechos humanos, en el ordenamiento jurídico colombiano y la subsanación de las barreras que impiden el sólido cumplimiento del principio de Garantías de no repetición. De la mano, aporta argumentos jurídicos en favor del reconocimiento de la vigencia y vinculatoriedad del Bloque de constitucionalidad y los instrumentos de Derecho internacional en el ordenamiento legal, como marco y modelo de las medidas que sean adoptadas en el proceso de Justicia transicional. Igualmente, generan aportes en materia de aprovechamiento de instituciones, recursos y conocimientos jurídicos existentes, para el diseño de herramientas administrativas de protección de derechos fundamentales para la transición y en específico, para la eliminación de condiciones desiguales en la esfera laboral dentro del proceso de reincorporación en curso y los que en adelante le sucedan. En cuanto al aspecto social, pone de presente el panorama de vulnerabilidad a la que se enfrentan los desmovilizados, ante los fenómenos de discriminación existentes en el mercado laboral formal. A su vez, ejemplifica la materialización de modelos de cambio social que permiten crear oportunidades de interacción entre el sector empresarial y los nuevos grupos que pretendan integrarse social y económicamente a la sociedad colombiana. Analiza cómo tales programas, junto con programas institucionales de capacitación laboral en capos específicos, pueden resultar en la construcción de sólidas bases de reconciliación y confianza entre las distintas unidades sociales participes del conflicto. Principalmente, aporta conocimientos con capacidad de cambio y mejoramiento de las relaciones sociales habidas entre víctimas y victimarios, de tal modo, se coadyuva indirectamente a la creación de una Nación reintegrada y capaz de desarrollarse económica y socialmente estable, a partir de la eliminación de las barreras a la generación y obtención de empleo |
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