Reflexiones sobre el artículo 42 de la ley general de seguros en el Ecuador
El artículo 42 de la Ley General de Seguros del Ecuador, establece la facultadde presentar un reclamo administrativo ante el ente de Control es decir,ante el Superintendente de Bancos y Seguros si la empresa aseguradorano paga el reclamo dentro de los cuarenta y cinco días, contados desdela fecha de...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- article
- Fecha de publicación:
- 2013
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/27421
- Acceso en línea:
- http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/iberoseguros/article/view/11481
http://hdl.handle.net/10554/27421
- Palabra clave:
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional