Las empresas y su responsabilidad internacional respecto de los derechos humanos en marco de las relaciones laborales ¿Hacia la subjetividad jurídica internacional de las empresas?
La obligación de los Estados de proteger los derechos humanos y prevenir cualquier tipo de violación a estos, se traduce en la adopción e implementación de mecanismos nacionales e internacionales, tanto judiciales como no judiciales, que tengan como fin garantizar el goce de estos derechos, en espec...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- masterThesis
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/59299
- Palabra clave:
- Empresas y derechos humanos
Responsabilidad internacional
Derecho del trabajo
Debida diligencia
Tratados internacionales
Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Convención Americana sobre Derechos Humanos
Business and Human Rights
International responsibility
Labor law
Due diligence
International treaties
Inter-American Human Rights System
Inter-American Commission on Human Rights
Inter- American Court of Human Rights
American Convention on Human Rights
Maestría en derecho laboral y de la seguridad social - Tesis y disertaciones académicas
Derecho laboral - Colombia
Derechos humanos - Colombia
Tratados
Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Summary: | La obligación de los Estados de proteger los derechos humanos y prevenir cualquier tipo de violación a estos, se traduce en la adopción e implementación de mecanismos nacionales e internacionales, tanto judiciales como no judiciales, que tengan como fin garantizar el goce de estos derechos, en especial, cuando se trate de relaciones en los que intervengan actores privados como las empresas que puedan afectar los derechos humanos de los trabajadores. Teniendo en cuenta que, en el derecho internacional se ha definido que la responsabilidad de la protección de los derechos humanos principalmente recae sobre el Estado, dentro de sus funciones está: 1. Tomar las medidas adecuadas para impedir o castigar los abusos que cometan los agentes privados, 2. Proporcionar a las víctimas los recursos legales efectivos a través de los tribunales de justicia y otros órganos en los que puedan hacer valer la protección y garantía de esos derechos (Nikken, Consulta 2021). Es así como, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos- (SIDH) especialmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha abordado este asunto en sus sentencias, señalando que tiene la competencia para conocer violaciones a derechos humanos en las relaciones laborales; de igual manera, estableció que si bien la obligación de la protección, garantía y respeto de estos recae sobre el Estado, las empresas privadas también tiene un deber sobre los mismos, y será esta Corte la que revise los casos particulares. |
---|