El interés asegurable en los seguros de daños

A la luz del artículo 1083 del código de comercio (en lo sucesivo C. de Co.), se entiende por asegurable todo “interés que, además de licito, sea susceptible de estimación en dinero”, y además que “tiene interés asegurable toda persona cuyo patrimonio pueda resultar afectado, directa o indirectament...

Full description

Autores:
Martinez Palacios, Heider Andrés
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:
Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.javeriana.edu.co:10554/54014
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10554/54014
Palabra clave:
Interés asegurable
Seguro de daños
Insurable interest
Insurance
Especialización en derecho de seguros - Tesis y disertaciones académicas
Interés asegurable
Seguros de daños
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