De la nulidad de los registros electorales
Al ejercitarse la acción pública pidiendo la nulidad de un registro electoral, no puede limitarse la declaración a un partido o grupo porque violaría la norma legal aplicable al caso. Interpretación del Art. 197 del C.C. A.
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 1964
- Institución:
- Universidad del Rosario
- Repositorio:
- Repositorio EdocUR - U. Rosario
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.urosario.edu.co:10336/45761
- Acceso en línea:
- https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/45761
- Palabra clave:
- Jurisprudencia
Registros electorales
Sentencia
Corte electoral
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