Valoración jurisprudencial de los conflictos ambientales en Colombia : un estudio de caso comparado
La garantía del derecho a la participación ambiental incluye a todos los afectados en la decisión administrativa, pues solo mediante la apertura de verdaderos espacios de diálogo efectivo y significativo con la población se garantiza resolver e incluso evitar los conflictos ambientales. Bajo esta pr...
- Autores:
-
Hurtado Mora, Jorge Iván
- Tipo de recurso:
- Part of book
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/3648
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/3648
https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.3648
- Palabra clave:
- Protección del medio ambiente - Participación ciudadana - Colombia
Protección del medio ambiente - Aspectos jurídicos - Colombia
Participación ciudadana - Aspectos jurídicos - Colombia
Derecho ambiental - Colombia
Derecho a la participación
Conflictos ambientales
Páramo de Santurbán
Río Atrato
Arroyo Bruno
Derecho de participación en materia ambiental
Gestión ambiental
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La garantía del derecho a la participación ambiental incluye a todos los afectados en la decisión administrativa, pues solo mediante la apertura de verdaderos espacios de diálogo efectivo y significativo con la población se garantiza resolver e incluso evitar los conflictos ambientales. Bajo esta premisa, el propósito del presente artículo es delimitar los avances jurisprudenciales del derecho a la participación, identificando los precedentes aplicables en materia de solución de controversias ambientales que la Corte Constitucional ha desarrollado a lo largo de sus valoraciones y pronunciamientos, por medio de la técnica de estudio de casos comparados que recoge tres sentencias hito: la delimitación del páramo de Santurbán, el río Atrato como sujeto de derecho y el arroyo Bruno como garantía de participación. |
---|