Análisis de las funciones de las autoridades de policía en la protección del statu quo y su control judicial
En Colombia, la función policiva, que se refiere a las actividades destinadas a mantener el orden y la estabilidad social, ha sido tradicionalmente una competencia administrativa y no jurisdiccional. Esto se refleja en la exclusión de los procesos de policía del ámbito de la Jurisdicción de lo Conte...
- Autores:
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Jimenez Meneses, Xiomara Alejandra
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/24673
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/24673
- Palabra clave:
- Actos administrativos - Legislación
Administración de la policía
Administración pública - Aspectos jurídicos
Funciones
Autoridades de policía
Protección del statu quo
Control judicial
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | En Colombia, la función policiva, que se refiere a las actividades destinadas a mantener el orden y la estabilidad social, ha sido tradicionalmente una competencia administrativa y no jurisdiccional. Esto se refleja en la exclusión de los procesos de policía del ámbito de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, lo cual se explica por la naturaleza y los objetivos propios de esta función. La normativa colombiana ha sido consistente en mantener los procesos de policía fuera del ámbito judicial, estableciendo leyes específicas para regular estos procedimientos. Esta exclusión se basa en la idea de que la función policiva debe formar parte de la administración pública y, por lo tanto, debe gestionarse a través de mecanismos administrativos en lugar de judiciales. La Ley 1437 de 2011 refuerza esta separación al definir claramente las competencias y características de los juicios de policía, asegurando que estos se manejen dentro del ámbito administrativo. Además, la distinción entre funciones policivas jurisdiccionales y administrativas ha sido reconocida y desarrollada en la jurisprudencia. En general, los procesos jurisdiccionales se centran en proteger el statu quo mediante decisiones judiciales específicas, mientras que los procesos administrativos tienen un carácter más preventivo y regulador, orientado a mantener el orden y el bienestar general. Esta diferenciación se ha consolidado a través de sentencias y doctrinas que clarifican las competencias y límites de cada función, estableciendo un marco normativo claro para su aplicación3. En consecuencia, los procesos jurisdiccionales relacionados con la función policiva se enfocan en proteger el statu quo mediante decisiones que buscan resolver conflictos específicos. Su carácter es más reactivo, aplicándose a situaciones concretas que requieren intervención judicial para restaurar el orden. En contraste, la función policiva administrativa se orienta a proteger el patrimonio público y regular el comportamiento ciudadano mediante medidas preventivas y sancionadoras. Esta función incluye la supervisión y regulación de actividades que podrían afectar el bienestar general y el orden público. |
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