El autolavado de activos en Colombia: ¿Su concurso con el delito previo vulnera el non bis in idem?
Sancionar el denominado autolavado de activos implica penar al sujeto activo por el delito subyacente y por legalizar o darle apariencia de legalidad a los réditos ilícitos que ha obtenido con el primero. Mientras que el principio del non bis in idem consiste en la prohibición de castigar dos veces...
- Autores:
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Reinoso López, Jhon Fredy
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/12977
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/12977
https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.12977
- Palabra clave:
- Delitos
Autolavado de activos
Delito subyacente
Non bis in idem
Concurso de delitos
Migrante
Terrorismo
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Sancionar el denominado autolavado de activos implica penar al sujeto activo por el delito subyacente y por legalizar o darle apariencia de legalidad a los réditos ilícitos que ha obtenido con el primero. Mientras que el principio del non bis in idem consiste en la prohibición de castigar dos veces al mismo sujeto por los mismos hechos. La problemática se sitúa esencialmente en establecer si el autolavado de activos vulnera el principio non bis in idem. Algunos autores consideran que sí y otros consideran que no. Los primeros niegan el concurso porque ven el autolavado de activos como un hecho posterior copenado o una especie de autoreceptación; y los segundos, ubican el lavado de activos como un delito independiente. Sin embargo, determinar si dicho concurso es válido o no, sin vulnerar principios como el non bis in idem, no basta con establecer la autonomía del lavado de activos, pues es necesario acudir a las reglas del concurso de delitos, a diferenciar el autolavado y la autoreceptación, y sobre todo al esclarecimiento de si el delito previo involucra el provecho de los réditos o no. Siendo así, es relevante abordar cada uno de estos puntos a prima facie como en el caso en concreto. |
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