La dignidad como “Ley primera de nuestra República” y “con todos y para el bien de todos”: dos deberes dialécticos desde la axiología martiana en la Constitución cubana
José Martí es el Héroe Nacional de Cuba. Su pensamiento progresivamente ha formado parte de la base axiológica de la Constitución cubana vigente, a la vez que se encuentran en ella referencias directas e indirectas a su pensamiento. Dos de esas referencias ocuparán las reflexiones en este trabajo: “...
- Autores:
-
Guzmán Hernández, Teodoro Yan
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/10361
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10361
https://doi.org/10.18601/01229893.n34.07
- Palabra clave:
- Constitución
axiología martiana
dignidad
inclusión social
principios
valores
normatividad
aplicabilidad directa
hermenéutica
Constitution
Martí’s axiology
dignity
social inclusiveness
principles
values
statutory development
hermeneutics
direct statutory effect
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | José Martí es el Héroe Nacional de Cuba. Su pensamiento progresivamente ha formado parte de la base axiológica de la Constitución cubana vigente, a la vez que se encuentran en ella referencias directas e indirectas a su pensamiento. Dos de esas referencias ocuparán las reflexiones en este trabajo: “el culto a la dignidad plena del hombre” y “con todos y para el bien de todos”, la primera se consigna en el preámbulo, y ambas en los fundamentos del Estado cubano del importantísimo Capítulo i de la Constitución. Sin embargo, tal como lo ha reconocido la doctrina constitucional cubana, una de las grandes limitaciones de la Constitución de 1976 es su falta de normatividad, de ahí que el presente trabajo se proponga ofrecer claves para hacer transcender la axiología martiana desde la propia Constitución cubana, con sus miras puestas directamente en los jueces y el legislador. |
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