Precedente judicial y administrativo en la regulación económica colombiana
Sin desconocer la vigencia e importancia de la doctrina probable, desde la promulgación de la Constitución de 1991 el ordenamiento jurídico colombiano, de marcada tradición romano-francesa, empezó a experimentar una aproximación hacia los sistemas de derecho anglosajón, gracias a la labor interpreta...
- Autores:
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Moreno, Luis Ferney
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
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- Acceso en línea:
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- Palabra clave:
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Precedente judicial precedente administrativo regulación intervención estatal Estado regulador Judicial precedent administrative precedent regulation State intervention Regulatory State |
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Sin desconocer la vigencia e importancia de la doctrina probable, desde la promulgación de la Constitución de 1991 el ordenamiento jurídico colombiano, de marcada tradición romano-francesa, empezó a experimentar una aproximación hacia los sistemas de derecho anglosajón, gracias a la labor interpretativa de la Corte Constitucional. Así, a partir de la rígida aplicación de la ley por parte del juez se empezó a abrir camino la aplicación de la teoría del precedente, primero en materia judicial y luego en materia administrativa. Paralelo a esto, en la década de 1990 Colombia emprendió un programa de apertura económica que consagró el modelo de Estado mixto, dentro del cual coexiste la libertad económica con la regulación. De esta manera, la evolución de las fuentes del derecho nacional, aunada a la consagración de un Estado regulador que interviene en la economía, puso de presente el sometimiento de las autoridades administrativas de regulación al precedente judicial y administrativo. |
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Santofimio Gamboa, J. O. (2010). La fuerza de los precedentes administrativos en el sistema jurídico del Derecho positivo colombiano, Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Jurisprudencia Consejo de Estado, Sección Primera. Sentencia de 24 de mayo de 2001. C.P.: Olga Inés Navarrete. Rad. 5801. Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia de 23 de septiembre de 2007. C.P.: Camilo Arciniegas Andrade. Rad. 11001-03-24-000-2003-00027-01. Consejo de Estado, Sección Tercera. Sentencia de 20 de marzo de 2008. C.P.: Enrique Gil Botero. Rad. 32690. Consejo de Estado, Sección Primera. Sentencia de 26 de noviembre de 2008. C.P.: Rafael E. Ostau de Lafont Pianeta. Rad. 11001-03-24-000-2004-00211-00. Consejo de Estado, Sección Primera. Sentencia de 11 de julio de 2009. C.P.: Martha Sofía Sanz Tobón. Rad. 4632. Corte Constitucional. Sentencia C-037 de 2000. M.P.: Vladimiro Naranjo Mesa. Corte Constitucional. Sentencia C-1162 de 2000. M.P.: José Gregorio Hernández Galindo. Corte Constitucional. Sentencia C-836 de 2001. M.P.: Rodrigo Escobar Gil. Corte Constitucional. Sentencia C-974 de 2002. M.P.: Rodrigo Escobar Gil. Corte Constitucional. Sentencia C-150 de 2003. M.P.: Manuel José Cepeda Espinosa. Corte Constitucional. Sentencia C-516 de 2004. M.P.: Jaime Córdoba Triviño. Corte Constitucional. Sentencia C-623 de 2004. M.P.: Rodrigo Escobar Gil. Corte Constitucional. Sentencia T-545 de 2004. M.P.: Eduardo Montealegre Lynett. Corte Constitucional. Sentencia C-537 de 2010. M.P.: Juan Carlos Henao Pérez. Corte Constitucional. Sentencia C-634 de 2011. M.P.: Luis Ernesto Vargas Silva. Corte Constitucional. Sentencia C-621 de 2015. M.P.: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub |
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De esta manera, la evolución de las fuentes del derecho nacional, aunada a la consagración de un Estado regulador que interviene en la economía, puso de presente el sometimiento de las autoridades administrativas de regulación al precedente judicial y administrativo.Without denying the validity and importance of the probable doctrine, since the enactment of the Political Constitution of 1991, Colombia´s legal system, of a Roman and French tradition, started to shift towards the common law system, mainly because of the interpretations of the Constitutional Court. Hence, the rigid usage of legislated law by judges is now open to the use of precedent to reach a decision. Simultaneously, in the Nineties Colombia began its economic opening and adopted the organization of a Mixed State, one where free competition and State regulation converge. With the evolution of the sources of law on the one hand, and the State regulation on the other, the concept of precedent applied to the decisions of administrative authorities has emerged.application/pdftext/html10.18601/01229893.n37.052346-20510122-9893https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10559https://doi.org/10.18601/01229893.n37.05spaDepartamento de Derecho Constitucionalhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/download/4783/5543https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/download/4783/5644Núm. 37 , Año 2016 : Julio-Diciembre18837165Revista Derecho del EstadoAriño Ortiz, G. (1996). La regulación económica. Teoría y práctica de la regulación para la competencia. Buenos Aires: De Palma.Bernal Pulido, C. (2009). El precedente en Colombia. En Bernal Pulido, C. El neoconstitucionalismo y la normatividad del Derecho. Serie intermedia de teoría jurídica y filosofía del derecho n.º 7. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Bértola, L. y Ocampo, J. A. (2013). El desarrollo económico de América Latina desde la independencia. México: FCE.Departamento Nacional de Planeación. (1990). Programa de modernización de la economía colombiana. Documento conpes: dnp-2465-J. 22 de febrero de 1990, disponible en: https://colaboracion.dnp.gov.co/cdt/Conpes/Económicos/2465.pdf (Consultado el 10 de febrero de 2016).Díez, S. (2014). El precedente administrativo: concepto y efectos jurídicos. En Benavides, José Luis, comp. Contribuciones para el sistema de precedentes jurisprudencial y administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Garay, L. J. (2016). Hacia la apertura económica, disponible en: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/economia/industrilatina/155.htm (Consultado el 4 de febrero de 2016).Ibáñez, J. E. (2007). La regulación y reglamentación en Colombia. En Memorias VI Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo: VIII Jornadas de Derecho Constitucional y Administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Julio, A. (2002). Economía y ordenamiento constitucional. En Cuevas, Homero. Teorías jurídicas y económicas del Estado. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Lizarazo, L. y Anzola, M. (2004). Regulación, autorregulación y desregulación. En Lizarazo, L. y Anzola, M., eds. académicas. La regulación económica: tendencias y desafíos. Bogotá: Universidad del Rosario.López Linaldi, L. A. (2012). La necesidad de crear un órgano de apelación para arbitrajes inversionista-Estado en ciadi. Revista de Derecho Económico Internacional, Instituto Tecnológico Autónomo de México (itam). Vol. 3, n.º 1 (diciembre).López Medina, D. (2000). El derecho de los jueces. Bogotá: Ediciones Uniandes.Luqui, R. E. (2005). Revisión judicial de la actividad administrativa. Buenos Aires: Astrea.Marín Cortés, F. (2010). Los servicios semipúblicos domiciliarios. Bogotá: Temis.Moreno Castillo, L. F. (1999). Regulación económica con énfasis en la regulación de los servicios públicos domiciliarios. Homo Iuris, Ensayos de Derecho Contemporáneo, Universidad Externado de Colombia, n.º 1 (agosto).Moreno Cruz, P. (2014). Una (pequeña) caja de herramientas para el estudio de los sistemas de relevancia (más, o menos) vinculante del precedente judicial. (Re) visitando lugares comunes. En Benavides, J. L., comp. Contribuciones para el sistema de precedentes jurisprudencial y administrativo. Bogotá, Universidad Externado de Colombia.Ospina Garzón, A. Comentarios del Capítulo II (Derechos, Deberes, Prohibiciones, impedimentos y recusaciones). En Benavides, J. L., ed. Código de Procedimiento y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. Comentado y concordado. Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2013.Ospina Garzón, A. (2014). Los cambios de jurisprudencia en la jurisdicción de lo contencioso administrativo: ¿veleidad o independencia del juez? En Benavides, J. L., comp. Contribuciones para el sistema de precedentes jurisprudencial y administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Nieto Roa, L. G. (1991). Regulación Sistema Financiero. Proyecto de Acto Reformatorio de la Constitución Política de Colombia n.º 117. En Asamblea Nacional Constituyente. Gaceta Constitucional n.º 28, Bogotá.Rivero, R. (1999). Introducción al derecho administrativo económico. Salamanca: Ratio Legis.Santaella, H. (2014). La sujeción de la administración a los precedentes jurisprudenciales. En Benavides, J. L., comp. Contribuciones para el sistema de precedentes jurisprudencial y administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Santofimio Gamboa, J. O. (2010). La fuerza de los precedentes administrativos en el sistema jurídico del Derecho positivo colombiano, Bogotá: Universidad Externado de Colombia.JurisprudenciaConsejo de Estado, Sección Primera. Sentencia de 24 de mayo de 2001. C.P.: Olga Inés Navarrete. Rad. 5801.Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia de 23 de septiembre de 2007. C.P.: Camilo Arciniegas Andrade. Rad. 11001-03-24-000-2003-00027-01.Consejo de Estado, Sección Tercera. Sentencia de 20 de marzo de 2008. C.P.: Enrique Gil Botero. Rad. 32690.Consejo de Estado, Sección Primera. Sentencia de 26 de noviembre de 2008. C.P.: Rafael E. Ostau de Lafont Pianeta. Rad. 11001-03-24-000-2004-00211-00.Consejo de Estado, Sección Primera. Sentencia de 11 de julio de 2009. C.P.: Martha Sofía Sanz Tobón. Rad. 4632.Corte Constitucional. Sentencia C-037 de 2000. M.P.: Vladimiro Naranjo Mesa.Corte Constitucional. Sentencia C-1162 de 2000. M.P.: José Gregorio Hernández Galindo.Corte Constitucional. Sentencia C-836 de 2001. M.P.: Rodrigo Escobar Gil.Corte Constitucional. Sentencia C-974 de 2002. M.P.: Rodrigo Escobar Gil.Corte Constitucional. Sentencia C-150 de 2003. M.P.: Manuel José Cepeda Espinosa.Corte Constitucional. Sentencia C-516 de 2004. M.P.: Jaime Córdoba Triviño.Corte Constitucional. Sentencia C-623 de 2004. M.P.: Rodrigo Escobar Gil.Corte Constitucional. Sentencia T-545 de 2004. M.P.: Eduardo Montealegre Lynett.Corte Constitucional. Sentencia C-537 de 2010. M.P.: Juan Carlos Henao Pérez.Corte Constitucional. Sentencia C-634 de 2011. M.P.: Luis Ernesto Vargas Silva.Corte Constitucional. Sentencia C-621 de 2015. M.P.: Jorge Ignacio Pretelt Chaljubinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/4783Precedente judicialprecedente administrativoregulaciónintervención estatalEstado reguladorJudicial precedentadministrative precedentregulationState interventionRegulatory StatePrecedente judicial y administrativo en la regulación económica colombianaJudicial and administrative precedent in the colombian economic regulationArtículo de revistahttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85Textinfo:eu-repo/semantics/articleJournal articlehttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTREFinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionPublicationOREORE.xmltext/xml2532https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstreams/2eabd587-c949-4a1e-864b-cc0c00b99c45/download548bbf1439347b9daceb4048f427986fMD51001/10559oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/105592023-08-14 15:25:57.606https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/https://bdigital.uexternado.edu.coUniversidad Externado de Colombiametabiblioteca@metabiblioteca.org |