El derecho a la doble conformidad judicial como garantía convencional en el ordenamiento jurídico colombiano

El derecho a la doble conformidad judicial es una garantía reconocida en nuestra Constitución Política de 1991 y en diferentes tratados internacionales de derechos humanos debidamente ratificados por Colombia, cuya protección garantiza al condenado la posibilidad de apelar la primera sentencia que l...

Full description

Autores:
Castillo Vanegas, Nicolás
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/4278
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/4278
https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.4278
Palabra clave:
Derecho procesal
Consentimiento - Derecho
Procesos - Derecho
Conformidad judicial
Constitución Política de 1991
Tratados internacionales
Derechos humanos
Doble conformidad
Recurso de casación
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El derecho a la doble conformidad judicial es una garantía reconocida en nuestra Constitución Política de 1991 y en diferentes tratados internacionales de derechos humanos debidamente ratificados por Colombia, cuya protección garantiza al condenado la posibilidad de apelar la primera sentencia que lo declaró penalmente responsable. Lo anterior, mediante la interposición de un recurso ordinario, de fácil acceso y que permita al juez superior pronunciarse sobre aspectos fácticos, jurídicos y probatorios de la sentencia recurrida. A pesar de haber sido creada desde 1991, su reconocimiento efectivo solo surgió de la sentencia C-792 de 2014 que declaró la inconstitucionalidad diferida de algunas normas y exhortó al Congreso a regular la materia. Actualmente, el derecho a la doble conformidad protege a quienes fueron condenados desde el 30 de enero de 2014, razón suficiente para preguntarse si dicha garantía debería proteger también a todos los condenados desde la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.