La indemnización de perjuicios derivada de los ilícitos antitrust : eficacia de las acciones y mecanismos de cuantificación de los daños
La teleología del derecho de la competencia es proteger al mercado y al consumidor Holguin (2013), estas dos funciones se consiguen por medio del public enforcement con la más reciente Directiva (UE) 2019/1 “ECN+” PEREZ OLMO (2018) y el private enforcement R Diez & Z Achurra (2019), la primera d...
- Autores:
-
Echeverry Gomez, William
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/14886
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/14886
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.1526
- Palabra clave:
- Consumidores - Aspectos socioeconómicos
Derecho comercial - Colombia
Indemnización judicial
Indemnización
Daños
Competencia
Vías resarcitorias
Ineficacia
Atomización del daño
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La teleología del derecho de la competencia es proteger al mercado y al consumidor Holguin (2013), estas dos funciones se consiguen por medio del public enforcement con la más reciente Directiva (UE) 2019/1 “ECN+” PEREZ OLMO (2018) y el private enforcement R Diez & Z Achurra (2019), la primera de las dos se adelanta por la autoridad nacional de la competencia encargada de salvaguardar directamente el interés general e indirectamente el interés particular. Para la tutela de los consumidores, es decir de los intereses particulares directamente; el ordenamiento Colombiano tiene previstas una serie de acciones que en principio propenden por la protección o restauración de los intereses conculcados por la conducta anticompetitiva del infractor, este trabajo pretende estudiar la eficacia de las acciones resarcitorias y su impacto como elemento disuasorio CARRILLO (2016) para evitar la configuración de conductas que desconocen el derecho de la competencia y de contera permitan que la atomización del daño derivado de la conducta antitrust resulte ser una fuente de enriquecimiento ilícito para el infractor, hecho que pueda conminar a los consumidores a soportar la ocurrencia del perjuicio frente a la mirada inocua del ordenamiento jurídico. |
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