La responsabilidad del Estado por la negligencia en la convalidación de títulos extranjeros en Colombia
Desde que el Ministerio de Educación Nacional de Colombia realiza la función pública de convalidación de títulos extranjeros se han desarrollado diferentes actos administrativos que regulan la materia, entre ellos las resoluciones 1567 de 2004, 5547 de 2005, 21707 de 2014, 6950 de 2015 y, más recien...
- Autores:
-
Estrada Hernández, Andrés Alexander
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/25227
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/25227
- Palabra clave:
- Estudios en el extranjero - Aspectos jurídicos - Colombia
Títulos académicos - Aspectos jurídicos - Colombia
Competencia en educación - Aspectos jurídicos - Colombia
Responsabilidad del estado - Colombia
Convalidación
Titulos
Homologación
Responsabilidad civil
Estudios
Igualdad
Educación
Ministerio de Educación Nacional
Daño
Nexo
Causalidad
Falla del servicio
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Desde que el Ministerio de Educación Nacional de Colombia realiza la función pública de convalidación de títulos extranjeros se han desarrollado diferentes actos administrativos que regulan la materia, entre ellos las resoluciones 1567 de 2004, 5547 de 2005, 21707 de 2014, 6950 de 2015 y, más recientemente, la 10687 de 2019, las cuales establecen los criterios para la convalidación de títulos y su trámite correspondiente. Con todo, se ha venido observando diferentes quebrantos de los principios de legalidad, confianza legítima, buena fe y seguridad jurídica en los actos administrativos que profiere el Ministerio de Educación Nacional por diferentes razones. En efecto, en ocasiones se observa desconocimiento de convenciones internacionales, de reconocimiento bilateral y multilateral de títulos y estudios; la violación a la doble instancia; el desconocimiento del criterio de convalidación de precedente administrativo; la expedición de conceptos académicos por quien no tiene las competencias académicas para proferirlo; la evaluación por condiciones genéricas y no por competencias desarrolladas, entre otras. Estas falencias violarían los derechos al debido proceso y el principio de seguridad jurídica, generando un daño antijurídico por falla en el servicio que, puede llevar a declarar la responsabilidad del Estado colombiano. |
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