Análisis económico de la buena fe en el derecho de contratos

El presente artículo constituye un aporte a la discusión relativa de cómo los postulados básicos del AED pueden alinearse y robustecer consistentemente algunas de las instituciones más tradicionales del derecho, en este caso, el principio de buena fe como norma de comportamiento en los escenarios co...

Full description

Autores:
Monroy Cely, Daniel Alejandro
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2011
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/7640
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/7640
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/contexto/article/view/2810
Palabra clave:
Análisis económico del derecho
principio de buena fe contractual
funciones del derecho de contratos
racionalidad individual
criterio de eficiencia
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El presente artículo constituye un aporte a la discusión relativa de cómo los postulados básicos del AED pueden alinearse y robustecer consistentemente algunas de las instituciones más tradicionales del derecho, en este caso, el principio de buena fe como norma de comportamiento en los escenarios contractuales. Para ello, el artículo desarrolla, por un lado, una aproximación de algunas de las funciones básicas del AED en el derecho de contratos, basadas principalmente en los criterios de racionalidad individual y eficiencia; y por otro lado, se efectúa una breve exposición desde la perspectiva jurídica tradicional en relación con el principio de buena fe en materia de contratos. Lo anterior es utilizado para argumentar finalmente, cómo se puede integrar consistentemente la visión propia del AED, sus postulados de eficiencia y racionalidad individual, con otros principios jurídicos, que como la buena fe, aparentemente son más cercanos a las nociones de justicia (propias del derecho tradicional) y que tenderían a excluir –aparentemente– los postulados del AED resaltados.