La excepción de incumplimiento del (y contra el) contratante débil en el derecho italiano
La cláusula solve et repete autoriza una disparidad de poderes entre las partes contratantes, porque una parte acepta no poder servirse inmediatamente de la excepción de incumplimiento: el autor analiza críticamente los límites que la jurisprudencia y la doctrina han construido alrededor del art. 14...
- Autores:
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Benedetti, Alberto
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2011
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/10955
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10955
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpri/article/view/2893
- Palabra clave:
- Buena fe
Cumplimiento
Consumidor
Incumplimiento
Equilibrio contractual
Derecho italiano
Exceptio inadimpleti contractus
cláusula solve et repete.
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La cláusula solve et repete autoriza una disparidad de poderes entre las partes contratantes, porque una parte acepta no poder servirse inmediatamente de la excepción de incumplimiento: el autor analiza críticamente los límites que la jurisprudencia y la doctrina han construido alrededor del art. 1462 c.c. para posteriormente detenerse, en particular, en el caso de la cláusula solve et repete prevista en un contrato entre un profesional y un consumidor. Si se quiere impedir el acceso del consumidor a la excepción de incumplimiento, la respectiva cláusula debe considerarse viciada de nulidad porque de ella derivaría un desequilibrio significativo a cargo del consumidor o usuario (literal r, inciso 2º, art. 33, Código del Consumo); si, en cambio, la excepción de incumplimiento es usada contra el consumidor o usuario por parte del contratante más fuerte, el juicio de buena fe previsto por el inciso 2º del art. 1460 c.c., debe tener en cuenta la debilidad de la parte contra quien la excepción es interpuesta y la naturaleza primaria del interés del consumidor o usuario que mediante el cumplimiento de la prestación se pretende satisfacer. |
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