La Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías y la función social del contrato en el derecho brasilero

El incremento de las relaciones comerciales durante los últimos años es una de las razones por las cuales la utilización de los contratos como medio para expresar la voluntad de las partes se ha tornado cada vez más frecuente. Ante este cambio, el Estado brasilero se vio en la necesidad de establece...

Full description

Autores:
Almanza Torres, Dennis José
Pereira Ribeiro, Marcia Carla
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/11350
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/11350
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpri/article/view/3802
Palabra clave:
The Vienna Convention on Contracts for the International Sale of Goods
social function of contract
externalities.
Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías
función social del contrato
externalidades.
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El incremento de las relaciones comerciales durante los últimos años es una de las razones por las cuales la utilización de los contratos como medio para expresar la voluntad de las partes se ha tornado cada vez más frecuente. Ante este cambio, el Estado brasilero se vio en la necesidad de establecer parámetros capaces de preservar y limitar los efectos sociales que estas relaciones producirían en la comunidad. Con este fin, determinados principios fueron establecidos en la Constitución y en otros cuerpos legislativos, dentro de los cuales destaca el principio de la función social del contrato. Teniendo en consideración el incremento de las transacciones comerciales internacionales y la reciente adhesión de Brasil a la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías –ley uniforme que regula ampliamente este tipo de contratos y se sustenta en principios netamente comerciales e internacionales–, resulta necesario analizar el principio constitucional mencionado, considerando el nuevo escenario comercial en el que actuará.