El control judicial del contencioso administrativo en servicios públicos
No hay dudas de la importancia constitucional que supone el control judicial de la jurisdicción de lo contencioso en materia de servicios públicos. Aprovechando la conmemoración de los 20 años de la Ley de los Servicios Públicos Domiciliarios –Ley 142 de 1994–, este artículo invita a la reflexión so...
- Autores:
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Vargas Ayala, Guillermo
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
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- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/7950
- Acceso en línea:
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- Palabra clave:
- Servicios públicos
Control judicial
Jurisdicción de lo contencioso administrativo
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Administrative Justice
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No hay dudas de la importancia constitucional que supone el control judicial de la jurisdicción de lo contencioso en materia de servicios públicos. Aprovechando la conmemoración de los 20 años de la Ley de los Servicios Públicos Domiciliarios –Ley 142 de 1994–, este artículo invita a la reflexión sobre la realidad del derecho de los servicios públicos. Luego de una detallada exposición de algunos antecedentes de la jurisdicción de lo contencioso, se expone lo que aquí se denomina zonas de certeza y zonas de incertidumbre competencial del contencioso administrativo en materia de servicios públicos. Al realizar un análisis detallado de la jurisprudencia del Consejo de Estado, se llega a la inevitable conclusión de que la extensión del control contencioso sobre los actos de las autoridades y de los operadores del sector es mucho más amplio de lo que inicialmente se pensó. El administrativo se resiste a dejar de ser el derecho de los servicios públicos y el contencioso persiste en ser el juez del interés general y de las prerrogativas públicas. |
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Ariño Ortiz, Gaspar (2003). Principios de Derecho público económico. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Atehortúa Ríos, Carlos Alberto (2006). Servicios públicos domiciliarios, proveedores y régimen de controles. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Brewer Carías, Allan (1991). “Reflexiones sobre la constitución económica”, en Estudios sobre la Constitución Española, t. v. Madrid: Civitas. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia de 24 de febrero de 2005, Rad. n.º 41001-23-31-000-2003-01470-01(ap). Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, auto del 8 de febrero de 2001, Exp. n.º 16661. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia del 27 de octubre de 2005, Rad. n.º 11001-03-26-000-2002-00045-01(23583). Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia del 5 de marzo de 2008, Rad. n.º 11001-03-26-000-2001-0029-01 (20.409). 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Al realizar un análisis detallado de la jurisprudencia del Consejo de Estado, se llega a la inevitable conclusión de que la extensión del control contencioso sobre los actos de las autoridades y de los operadores del sector es mucho más amplio de lo que inicialmente se pensó. El administrativo se resiste a dejar de ser el derecho de los servicios públicos y el contencioso persiste en ser el juez del interés general y de las prerrogativas públicas.It is beyond question the importance of judicial review of the administrative justice in public service law. In this special occasion –this year, 20 years of the public service statute will be commemorated– this paper invites its readers to ponder about the reality of public utilities law. After a very detailed review of some of the most important historic moments of the administrative justice, the author presents what he calls zones of certainty and zones of uncertainty in the jurisdiction of the administrative courts on the topic of public services. Conducting a very detailed analysis of precedent from the Consejo de Estado –Colombia’s highest administrative court– the author reaches aninevitable conclusion; the extension of the judicial control power over the matters of public services are far wider than it was originally intended. Administrative law insists on being the law of public utilities and its jurisdiction persist on being the judge of public interest and prerogative powers.application/pdf10.18601/01236458.n42.032346-20780123-6458https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/7950https://doi.org/10.18601/01236458.n42.03spaDepartamento de Derecho Económicohttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/contexto/article/download/4376/4960Núm. 42 , Año 2014354211Con-textoAriño Ortiz, Gaspar (2003). Principios de Derecho público económico. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Atehortúa Ríos, Carlos Alberto (2006). Servicios públicos domiciliarios, proveedores y régimen de controles. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Brewer Carías, Allan (1991). “Reflexiones sobre la constitución económica”, en Estudios sobre la Constitución Española, t. v. Madrid: Civitas.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia de 24 de febrero de 2005, Rad. n.º 41001-23-31-000-2003-01470-01(ap).Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, auto del 8 de febrero de 2001, Exp. n.º 16661.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia del 27 de octubre de 2005, Rad. n.º 11001-03-26-000-2002-00045-01(23583).Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia del 5 de marzo de 2008, Rad. n.º 11001-03-26-000-2001-0029-01 (20.409).Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, sentencia del 2 de mayo de 2007, Rad. n.º 11001-03-26-000-1998-05354-01(16257).Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 21 de agosto de 2008, Rad. n.º 11001-03-24-000-2003-00047-00.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 30 de abril de 2009, Rad. n.º 11001 0324 000 2004 00123 01.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 28 de agosto de 2014, Rad. n.º 25000 23 24 000 2008 00369 01.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 21 de agosto de 2014, Rad. n.º 25000-23-24-000-2008-00236-01.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 23 de febrero de 2012, Rad. n.º 2004-00344.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 17 de agosto de 2000, Rad. n.º 5920.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 2 de noviembre de 2006, Rad. n.º 20001-23-31-000-2004-00004-01(ap).Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 23 de enero de 2014, Rad. n.º 25000-23-24-000-2004-00633-02.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 4 de octubre de 2012, Rad. n.º 2004-00483-01. 2004-00483-01.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia del 7 de abril de 2011, Rad. n.º 41001-23-31-000-2003-00900-01(ap).Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, sentencia del 4 de agosto de 2011, Rad. n.º 25000-23-24-000-2003-01151-01.Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, sentencia del 23 de agosto de 2012, Rad. n.º 11001-03-24-000-2002-00070-01.Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, auto del 23 de septiembre de 1997, Exp. S-701.Correa Henao, Magdalena (2008). Libertad de empresa en el Estado Social de Derecho. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Corte Constitucional, Sentencia C-1120 de 2005.Corte Constitucional, Sentencia T-270 de 2004.Gil Botero, Enrique (2013). “El objeto de la jurisdicción de lo contencioso administrativo”, en 100 años de jurisdicción administrativa. Bogotá: Consejo de Estado – Sala de Consulta y Servicio Civil.Hernández Becerra, Augusto (2011). “Cien años del Acto Legislativo n.º 3 de 1910”, en Instituciones judiciales y democracia. Bogotá: Consejo de Estado – Sala de Consulta y Servicio Civil.Jèze, Gaston (s.f.). Principios generales del Derecho Administrativo, vols. 2 y 3. Buenos Aires: De Palma.Julio Estrada, Alexei (2000). “Economía y ordenamiento constitucional”, en i Jornadas de Derecho Constitucional y Administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Ley 142 de 1994 – Ley de Servicios Públicos Domiciliarios.Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor.Marín Cortés, Fabián (2008). Público y privado. Las transformaciones del Derecho del Estado y de la Empresa. Bogotá: Temis.Martín-RetortilloBaquer, Sebastián (1996). El Derecho Civil en la génesis del Derecho Administrativo y de sus instituciones. Madrid: Civitas.Montaña Plata, Alberto (2005). El concepto de servicio público en el Derecho Administrativo, 2ª Edición. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Montaña Plata, Alberto (2011). Fundamentos de Derecho Administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Palacios Mejía, Hugo (1999). El Derecho de los servicios públicos. Bogotá: Derecho Vigente.Sánchez Luque, Guillermo (2014). “¿El Derecho administrativo sigue siendo el Derecho de los servicios públicos?”, en Derecho Procesal Administrativo, modernización del Estado y Territorio. Estudios en homenaje a Augusto Hernández Becerra (Ed. Germán Bula Escobar, Álvaro Namén Vargas y William Zambrano Cetina). Bogotá: Ibáñez – Sala de Consulta y Servicio Civil – aida.Santaella Quintero, Héctor (2001). “El modelo económico en la Constitución de 1991”, en Revista de Derecho del Estado n.° 11.Santofimio Gamboa, Jaime Orlando (2004). Tratado de Derecho Administrativo, t. iii. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.Schm idt-Assmann, Eberhard (2003). La teoría general del Derecho Administrativo como sistema. Madrid: inap– Marcial Pons.Velilla Moreno, Marco Antonio (1996). “Reflexiones sobre la Constitución Económica Colombiana”, en Constitución Económica Colombiana. 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