Crítica a la doctrina y jurisprudencia del daño a la salud en Colombia
La interpretación del daño a la salud en la doctrina y jurisprudencia colombianas es eminentemente unívoca, a saber, es reduccionista y determinista, lo cual atenta seriamente contra el respeto y observancia de los principios de igualdad y reparación integral. Es reduccionista porque acota el entend...
- Autores:
-
Valdés, Erick
Puentes, Laura Victoria
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/25640
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/25640
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/Deradm/article/view/3833
- Palabra clave:
- Health Harm
Doctrine
Jurisprudence
Critique
Reparation
Daño a la salud
Doctrina
Jurisprudencia
Crítica
Reparación.
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La interpretación del daño a la salud en la doctrina y jurisprudencia colombianas es eminentemente unívoca, a saber, es reduccionista y determinista, lo cual atenta seriamente contra el respeto y observancia de los principios de igualdad y reparación integral. Es reduccionista porque acota el entendimiento del daño a la salud a una sola valoración epistemológica, desechando otras categorías de daños que sí deberían ser consideradas como susceptibles de ser reparadas para garantizar el cumplimiento de los principios antes mencionados. Esta mirada oblicua implica, además, que la doctrina y jurisprudencia colombianas son deterministas en su entendimiento del daño a la salud, ya que predisponen el razonamiento jurídico, tanto en lo teórico como en lo procesal, a pensar el problema en una esfera jurídica restringida, dispuesta e impuesta por un arquetipo preestablecido, que más bien obedece a una deconstrucción forzada de lo que históricamente el daño a la salud ha significado, y que adolece de serias inconsistencias que deben ser reparadas con urgencia para así asegurar que el ordenamiento jurídico colombiano considere la reparación del daño a la salud en términos reales de justicia y equidad. Por ello, es necesario profundizar críticamente en su análisis para así establecer parámetros más objetivos que garanticen la efectiva protección del derecho o interés lesionado, así como criterios que permitan la valoración y cuantificación del perjuicio y que estén en completa sintonía con los principios de igualdad y dignidad humana. |
---|