Responsabilidad del legislador por inexequibilidad de tributo - Tasa Especial por Servicios Aduaneros - TESA

La declaratoria de inexequibilidad con efectos ex nunc de la “Tasa Especial del Servicios Aduaneros-TESA” por la Corte Constitucional, visibiliza un ejemplo eximio en el que concurren los elementos de la responsabilidad del Estado por el hecho del legislador, configurada por la generación de un daño...

Full description

Autores:
Niño Vela, Diana Marcela
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/14776
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/14776
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.1419
Palabra clave:
Responsabilidad civil
Responsabilidad del Estado
Jurisdicción - Aspectos socioeconómicos
TESA
Responsabilidad
Legislador
Carga pública
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:La declaratoria de inexequibilidad con efectos ex nunc de la “Tasa Especial del Servicios Aduaneros-TESA” por la Corte Constitucional, visibiliza un ejemplo eximio en el que concurren los elementos de la responsabilidad del Estado por el hecho del legislador, configurada por la generación de un daño antijurídico imputable a un agente estatal. El daño antijurídico se concreta por el menoscabo patrimonial sufrido por el contribuyente tras el pago del tributo, cuya causa legal decae debido a la declaratoria de inconstitucionalidad, el cual, sin embargo, debe ser asumido por el contribuyente en virtud de los efectos hacía el futuro del fallo. En efecto, el menoscabo patrimonial excede el equilibrio en la asignación de las cargas públicas, puesto que no se encuentran reunidos los requisitos jurisprudenciales de una carga pública, y soslaya las nociones de justicia fiscal y equidad del artículo 95-9 constitucional, siendo evidente la irrogación del daño a quienes sufragaron el gravamen sin el tener el deber de soportarlo, por parte del legislador a razón de la expedición de la norma inexequible. Por consiguiente, la acción de Reparación Directa emerge como el medio idóneo para reclamar el resarcimiento de los perjuicios causados por la TESA.