Responsabilidad del mando en la JEP para integrantes de la fuerza pública

Como parte del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito en el año 2016, fue consagrada en el artículo 24 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 la responsabilidad del mando; figura jurídica con origen y desarrollo en el Derecho In...

Full description

Autores:
Cubides Wilches, Diana Marcela
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/14391
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/14391
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.689
Palabra clave:
Conflicto armado
Cultura de paz
Jurisdicción
Jurisdicción Especial para la Paz
Responsabilidad del mando
Fuerza pública
Mando y control
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Como parte del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito en el año 2016, fue consagrada en el artículo 24 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 la responsabilidad del mando; figura jurídica con origen y desarrollo en el Derecho Internacional, conocida como responsabilidad del superior jerárquico e incorporada con el objeto de aplicarse bajo el cumplimiento de elementos particulares a los miembros de la Fuerza Pública en la Jurisdicción Especial para la Paz. Sin perjuicio de los debates que desde su inclusión en el Acuerdo, regulación y trámites de constitucionalidad se suscitaron, dicha normativa fue encontrada ajustada a la carta política, refiriéndose en su análisis que esta podría ser una guía para los operadores, un dispositivo amplificador, un título de imputación o un elemento auxiliar para determinar la responsabilidad. Bajo estas premisas se analiza en el presente documento si existen diferencias entre la responsabilidad de mando consagrada en la norma transicional y las formas de imputación que rigen el derecho penal ordinario, a efectos de construir una propuesta de interpretación de los elementos de la primera en la JEP.