Partición del patrimonio en vida y derecho a la igualdad
Este artículo pretende exponer las características que se han considerado más relevantes de la partición del patrimonio en vida incorporada desde el 2012 en el Código General del Proceso bajo la metodología explicativa de las consideraciones jurisprudenciales y los aportes doctrinarios en la materia...
- Autores:
-
Gómez Ch., María Eugenia
- Tipo de recurso:
- Part of book
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/13185
- Acceso en línea:
- https://doi.org/10.57998/ccsx-9r35
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/13185
- Palabra clave:
- Distribución de bienes relictos
Derecho sucesorio
Bienes heredados
Patrimonio (Derecho)
Patrimonio
Partición
Sucesión
Igualdad
Pareja
Hijos
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Este artículo pretende exponer las características que se han considerado más relevantes de la partición del patrimonio en vida incorporada desde el 2012 en el Código General del Proceso bajo la metodología explicativa de las consideraciones jurisprudenciales y los aportes doctrinarios en la materia. En el capítulo I se expondrá la definición y alcance de la partición del patrimonio en vida, teniendo presente el análisis de constitucionalidad de la Corte Constitucional donde se estableció que este acto jurídico no es lesivo de los derechos a la igualdad ni al debido proceso como se explicará en el capítulo II, para luego proceder a relacionar las diferencias que existen entre la figura y los dos modos de adquirir el dominio a título gratuito en el capítulo III, con el propósito de dar mayor claridad al tema y superar las discusiones de si es un nuevo modo de sucesión o una donación entre vivos con licencia judicial. En el capítulo IV se mencionará la incorporación de esta figura en los ordenamientos español y argentino sin detenerse en la minucia legislativa de dichos países y las referencias actuales que propenden por la eliminación de las asignaciones forzosas de la sucesión. |
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