Las candidaturas independientes en México
En el presente trabajo se revisa el tema de las candidaturas independientes en México, pues a través de la denominada reforma política del año 2012 se incorporó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el derecho de los ciudadanos a ser registrados como candidatos independientes....
- Autores:
-
Campos, Gonzalo Santiago
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/10306
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10306
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derest/article/view/3957
- Palabra clave:
- Derecho electoral
derecho de voto
derechos políticos
contencioso electoral
legislación electoral.
Electoral law
right to vote
political rights
electoral litigation
electoral legislation.
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | En el presente trabajo se revisa el tema de las candidaturas independientes en México, pues a través de la denominada reforma política del año 2012 se incorporó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el derecho de los ciudadanos a ser registrados como candidatos independientes. Asimismo, en septiembre de 2013 se llevó a cabo una reforma al artículo 116 ibídem con la finalidad de permitir las candidaturas independientes en el ámbito de las entidades federativas. No obstante, previo a las reformas constitucionales que incorporaron tal figura en el derecho electoral mexicano, existen antecedentes de diversa índole, desde las legislativas hasta las jurisdiccionales. Aunado a ello, la tipología de las candidaturas independientes no es única, existen diversas clases de ellas, por ejemplo la legislación electoral mexicana reconoce las candidaturas no registradas, aunque los sufragios emitidos con ese carácter reciben un trato especial por la propia legislación. Además, el Congreso de la Unión no ha cumplido con la obligación de emitir la legislación secundaria en la materia, ya que el órgano revisor de la Constitución determinó que debía emitirse la normatividad reglamentaria a más tardar un año después de la entrada en vigor de la reforma constitucional de agosto de 2012. |
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