Ocho comentarios al proyecto de Ley 038 de 2015

El Proyecto de Ley 038 de 2015, presentado por el Gobierno nacional, trae una serie de cambios importantes al régimen de libre competencia colombiano, algunos de los cuales han suscitado preocupaciones por parte de la academia.El presente documento analiza ocho puntos polémicos del citado proyecto,...

Full description

Autores:
Arciniegas Cerquera, María Fernanda
Onofre Arias, Pablo Enrique
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/8053
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/8053
https://doi.org/10.18601/01236458.n45.05
Palabra clave:
proyecto de Ley
Superintendencia de Industria y Comercio
Estado de Derecho
debido proceso
Derecho Penal de la Competencia
multas
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El Proyecto de Ley 038 de 2015, presentado por el Gobierno nacional, trae una serie de cambios importantes al régimen de libre competencia colombiano, algunos de los cuales han suscitado preocupaciones por parte de la academia.El presente documento analiza ocho puntos polémicos del citado proyecto, contribuyendo al debate que en torno a la propuesta del Ejecutivo se ha generado en la materia. Así las cosas, en primer lugar, se abordan los aspectos referentes a la estructura institucional de la Superintendencia de Industria y Comercio –sic– (independencia y concentración en un mismo órgano de las potestades de instrucción y juzgamiento en procedimientos administrativos). En segundo lugar, se examina la asignación de facultades jurisdiccionales a la Autoridad Nacional de Competencia para pronunciarse sobre pretensiones indemnizatorias en ejercicio de acciones individuales o de grupo. Enseguida, se estudia el papel del Consejo Asesor de este organismo, haciendo especial énfasis en las nuevas audiencias que propone el proyecto referido, para, a fortiori, analizar los inconvenientes que emergen del nuevo sistema de multas allí establecido. A continuación, se hace una breve mención en torno a la conveniencia o no de preservar el sistema de multas a personas naturales. Y se analiza el tema de la criminalización del régimen de competencia –haciendo referencia a la discusión que se ha producido a nivel internacional– y de la titularidad para ejercer la acción penal que se pretende otorgar a la Superintendencia de Industria y Comercio. Para finalizar, se examinan las modificaciones al régimen de integraciones empresariales que introduce el proyecto, particularmente lo atinente al carácter vinculante que se le quiere dar al concepto de la sic en materia financiera y aeronáutica.