Régimen jurídico del servicio de salud asumido directamente por el Estado

En la estructura de la Ley 100 de 1993, el servicio público de salud es prestado por las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) que, en el caso de las públicas, corresponde a los hospitales, organizados en empresas sociales del Estado (ESE). La apertura del sistema de salud al sector...

Full description

Autores:
Benavides Russi, José Luis
Tipo de recurso:
Part of book
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/4369
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/4369
https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.4369
Palabra clave:
Salud pública - Aspectos jurídicos - Colombia
Derecho a la salud - Aspectos constitucionales - Colombia
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:En la estructura de la Ley 100 de 1993, el servicio público de salud es prestado por las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) que, en el caso de las públicas, corresponde a los hospitales, organizados en empresas sociales del Estado (ESE). La apertura del sistema de salud al sector privado introdujo la concurrencia y competencia de actores privados y públicos en la prestación del servicio, razón por la cual la misma ley estableció el régimen jurídico de derecho privado en la contratación de las empresas sociales del Estado (art. 195.6). ¿Podría deducirse de ello que el régimen jurídico del servicio de salud prestado por estas empresas es igualmente de derecho privado? En principio, la respuesta sería afirmativa.