C-047 de 2022 (Áreas no municipalizadas, consulta previa y autonomía territorial indígena)

Antes de la Constitución de 1991, el territorio colombiano se encontraba dividido en departamentos, provincias y distritos municipales. Con la entrada en vigor de la nueva carta constitucional esto cambió. En los términos del artículo 286, la nueva división territorial es entre departamentos, munici...

Full description

Autores:
Robledo Silva, Paula
Rivas Ramírez, Daniel
Tipo de recurso:
Part of book
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/13886
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/13886
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.851
Palabra clave:
Comunidades indígenas - Aspectos constitucionales - Colombia
Entidades territoriales - Colombia
Consulta previa - Colombia
Derechos de los indígenas - Colombia
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Antes de la Constitución de 1991, el territorio colombiano se encontraba dividido en departamentos, provincias y distritos municipales. Con la entrada en vigor de la nueva carta constitucional esto cambió. En los términos del artículo 286, la nueva división territorial es entre departamentos, municipios, distritos y entidades territoriales indígenas; con la posibilidad de la posterior aparición de regiones y provincias. Sin embargo, la misma Constitución definió a los municipios como la entidad territorial fundamental, entre otras cosas, por fungir como el puente o vaso comunicante entre la población y el Estado.