La plusvalía como contribución especial con fines urbanísticos

La Constitución Política de 1991, en el artículo 82 consagró el “derecho de las entidades públicas a participar en las plusvalías que genere su acción urbanística, desarrollado posteriormente por la Ley 338 de 1997 o Ley de Desarrollo Territorial, que estructuró un nuevo recurso público de carácter...

Full description

Autores:
Barreto Cruz, Nidia María
Tipo de recurso:
Part of book
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/16183
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/16183
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.2211
Palabra clave:
Impuestos de plusvalia - Colombia
Uso de la tierra rural - Aspectos económicos - Colombia
Valoración de tierras - Aspectos económicos - Colombia
Plusvalía
Contribución por Plusvalía
Participación por Plusvalía
Impuesto a la Plusvalía
Tributos Territoriales
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:La Constitución Política de 1991, en el artículo 82 consagró el “derecho de las entidades públicas a participar en las plusvalías que genere su acción urbanística, desarrollado posteriormente por la Ley 338 de 1997 o Ley de Desarrollo Territorial, que estructuró un nuevo recurso público de carácter municipal denominado Plusvalía. Al lado de los principios de la función social de la propiedad, la función pública del urbanismo y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios, los aumentos en las rentas de la tierra en virtud de la normativa urbanística y los beneficios que acarrea la disponibilidad de infraestructura, en nuestro país se juzgó equitativo que la sociedad, representada por sus entidades, participara en los incrementos producidos por su acción urbanística, expresada en actos jurídicos materiales. Los recursos recaudades tendrías como destino principal la construcción de vivienda de interés social y la provisión de obras públicas. A la fecha la Plusvalía se ha configurado como un instrumento de los Planes de Ordenamiento Territorial de los municipios, distritos y áreas metropolitanas, que debieron expedir las entidades territoriales entre 1997 y 199, con una vigencia de nueve años. En ese sentido, la Plusvalía se encuentra comprometida con la construcción de equipamientos urbanos y en general con el desarrollo de las infraestructuras urbanas colombianas en los próximos años.