La propiedad Intelectual como derecho real y de propiedad
Los derechos de los creadores se han considerado en España una propiedad especial desde la Ley Calatrava, norma que este año cumple dos siglos desde su aprobación. Se estableció entonces una concepción patrimonialista de los derechos de autor que dura hasta la actualidad, aun cuando en el contexto e...
- Autores:
-
Vega Garcia, Paula
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/26265
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/26265
https://doi.org/10.18601/16571959.n36.05
- Palabra clave:
- Property;
Intellectual Property;
Copyright;
Calatrava Law
propiedad;
propiedad intelectual;
derechos de autor;
ley Calatrava
- Rights
- openAccess
- License
- Paula Vega Garcia - 2023
Summary: | Los derechos de los creadores se han considerado en España una propiedad especial desde la Ley Calatrava, norma que este año cumple dos siglos desde su aprobación. Se estableció entonces una concepción patrimonialista de los derechos de autor que dura hasta la actualidad, aun cuando en el contexto europeo se tiende a abandonar su estudio como propiedades especiales. Así, por ejemplo, la Unión Europea, en su regulación y en la denominación de alguna de sus instituciones ha adoptado la terminología que considera “propiedad intelectual” a cualquier derecho sobre creaciones inmateriales, sean artísticas o industriales, prefiriendo usar “derecho de autor y conexos” para referirse específicamente a los primeros. Teniendo en cuenta la posible influencia que tenga esta tendencia y, sobre todo, la progresiva separación de los derechos del creador del ámbito de la propiedad, el presente trabajo realiza un repaso comparativo en el seno de la actual regulación española de los derechos reales y, en especial, de la propiedad, y la llamada “propiedad intelectual” con el fin de analizar si es todavía justificable considerar a los derechos del autor como un derecho real de propiedad. |
---|