El derecho concursal colombiano a la luz de la constitución

Si bien los orígenes de la ley 1116 de 2006 se encuentran en numerosas fuentes y desarrollos de derecho interno, debe reconocerse la gran influencia que el derecho público ha ejercido sobre esta norma, al punto de constituir un derrotero claro en la evolución del derecho concursal. El nuevo régimen...

Full description

Autores:
Rodríguez Espitia, Juan José
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2008
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/9474
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/9474
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/emerca/article/view/2041
Palabra clave:
Insolvencia
Corte Constitucional
Derechos Fundamentales
Constitucionalización.
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Si bien los orígenes de la ley 1116 de 2006 se encuentran en numerosas fuentes y desarrollos de derecho interno, debe reconocerse la gran influencia que el derecho público ha ejercido sobre esta norma, al punto de constituir un derrotero claro en la evolución del derecho concursal. El nuevo régimen de insolvencia se basa en un número significativo de las pautas fijadas por los fallos de la Corte Constitucional, en especial frente a aquellos casos en que se encuentran involucrados derechos fundamentales. Para este fin, una primera parte de este ensayo está dedicada a reconocer los signos de la constitucionalización en esta rama del derecho, a través del análisis de distintos indicadores. A continuación, presentaremos de manera sucinta algunos de los métodos de interpretación que deben aplicarse a las normas sobre concursos con fundamento en lo dispuesto por la Constitución. Luego se hará relación a algunas tesis de interés presentadas por la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre los procedimientos concursales. En fin, se presentarán algunas cuestiones sobre el nuevo régimen de insolvencia consagrado en la ley 1116 de 2006, en particular, sobre la libertad de configuración del Legislador en el diseño de los mecanismos de atención de la crisis contenidos en ella, y sobre algunos temas de constitucionalidad de la ley.