Límites a la capítalización encubierta en España: problemas comunitarios y convencionales de los nuevos artículos 20 y 14.1 h) del trlis
Este trabajo analiza las nuevas normas de limitación y prohibición de deducibilidad de gastos financieros contenidas en el RDL 12/2012 a través de las dos razones que dieron lugar a su expedición, a saber: la pérdida de eficacia del art. 20 TRLIS respecto de muchos supuestos de subcapitalización, y...
- Autores:
-
Castro Arango, José Manuel
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/4737
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/4737
- Palabra clave:
- Ahorro e inversión
Inversiones
Derecho financiero
Subcapitalización
Limitación a la deducibilidad de gastos financieros
Convenios de doble imposición
Principio de independencia (plena competencia)
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Este trabajo analiza las nuevas normas de limitación y prohibición de deducibilidad de gastos financieros contenidas en el RDL 12/2012 a través de las dos razones que dieron lugar a su expedición, a saber: la pérdida de eficacia del art. 20 TRLIS respecto de muchos supuestos de subcapitalización, y la tendencia europea a adoptar normas de limitación a la deducibilidad de intereses. En buena medida ambas circunstancias han tenido como detonante la sentencia del caso Lanhorst Hohorst del TJUE, aunque también los problemas de compatibilidad con los CDI. Por ello, este trabajo evalúa los nuevos preceptos para definir si esos problemas han desaparecido o no. Se concluye que el Decreto de 2012 crea nuevos problemas de adecuación con el derecho comunitario y los CDI. El más importante, según lo explicamos en este texto, es la restricción que supone el principio de arm´s length reconocido por el TJUE, la Comisión Europea y los CDI en el artículo equivalente al 9 del MCOCDE. Además, se analizan las complejas relaciones con otras normas anti abuso previstas en el derecho español. |
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