La responsabilidad del estado sobre el daño antijuridico que se causa al empleador, al condenarlo a pagar cálculo actuarial por aportes a pensión anteriores al 1967
En 1967 empezó a regir el Decreto 3041 de 1966, esta disposición legal permitió al Instituto Colombiano de Seguros Sociales recibir afiliaciones y pago de aportes a pensión de trabajadores, así como relevar al empleador de la obligación de reconocer y pagar pensiones de sus empleados, responsabilida...
- Autores:
-
Tello Bernal, Andrés Felipe
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/25228
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/25228
- Palabra clave:
- Compensación del error judicial - Colombia
Error judicial - Aspectos jurídicos - Colombia
Pensiones - Legislación - Colombia
Aportes a pensión
Calculo actuarial
Daño antijuridico
Empleador
Responsabilidad del Estado
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | En 1967 empezó a regir el Decreto 3041 de 1966, esta disposición legal permitió al Instituto Colombiano de Seguros Sociales recibir afiliaciones y pago de aportes a pensión de trabajadores, así como relevar al empleador de la obligación de reconocer y pagar pensiones de sus empleados, responsabilidad asignada temporalmente por parte del Estado. Sin embargo, el precepto normativo no reguló sobre el tiempo de servicio menor a 10 años, servido por los asalariados a un mismo patrono antes de 1967. Posteriormente, los trabajadores demandaron a las administradoras de pensiones y al empleador, buscando que se sumara el periodo mencionado a su historia laboral y así obtener la pensión de vejez. Para resolver el conflicto, el juzgador de instancia ordenó al antiguo patrono a pagar los aportes de los periodos mencionados al fondo de pensiones, conforme al resultado del cálculo actuarial, pese a que no existía obligación legal que así lo señalara. De esta manera, el Estado causó un daño antijurídico al empleador, quien fue condenado a pagar una obligación que no le fue asignada por ley. Por ende, el daño antijurídico es imputable al Estado por error judicial en derecho, obligando a reparar al antiguo patrono por el daño ocasionado. |
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