Sentencias estructurales en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana : origen, evolución y eficacia. A propósito de la doctrina del Estado de cosas inconstitucional

En 1997, la Corte Constitucional colombiana expide la sentencia SU 557 mediante la cual se declara la existencia de un estado de cosas contrario a la Constitución Política. Se trata de una sentencia sui generis en el marco de nuestro sistema de justicia constitucional y marca el inicio de la doctrin...

Full description

Autores:
Rios Torres, Adrian Augusto
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/15029
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/15029
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.1659
Palabra clave:
Sentencias - Derecho
Estado legal - Derecho
Administración de justicia - Aspectos jurídicos
Sentencias estructurales
Justicia constitucional
Corte constitucional
Estado de cosas inconstitucional
Ordenes estructurales
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:En 1997, la Corte Constitucional colombiana expide la sentencia SU 557 mediante la cual se declara la existencia de un estado de cosas contrario a la Constitución Política. Se trata de una sentencia sui generis en el marco de nuestro sistema de justicia constitucional y marca el inicio de la doctrina del Estado de Cosas Inconstitucional. Aunque ha tenido un desarrollo y evolución hasta la actualidad, esta doctrina en realidad puede entenderse como una especie del género de las denominadas en el derecho foráneo, sentencias estructurales, las cuales se introducen en nuestro ordenamiento jurídico por vía de la migración de ideas constitucionales. El origen de las sentencias estructurales puede ubicarse en la Sentencia Brown vs Board of Education II proferida por la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos en 1955. La Corte Constitucional Colombiana acoge esta doctrina, la cual ha sido objeto de un importante desarrollo jurisprudencial que incluso aún continúa. Su eficacia, como ocurrió en su momento en los Estados Unidos es discutida, no obstante, emerge en el horizonte la posibilidad de análisis de efectos no directos que, aunque son más complejos de medir, ponen sobre la mesa la necesidad de un debate más amplio.