El consentimiento en la demanda de reconvención en la solución de controversias inversionista – Estado
El objeto de los instrumentos internacionales, por ejemplo, los Acuerdos Multilaterales de Inversión, los capítulos de inversión de los Tratados de Libre Comercio, y los Acuerdos Internacionales de Inversión, es la promoción y protección de la inversión extranjera directa. La mayoría de estos instru...
- Autores:
-
Lizarazo Becerra, Juan Sebastian
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/14566
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/14566
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.837
- Palabra clave:
- Instrumentos legales
Comercio exterior - Aspectos jurídicos
Inversiones - Tratados internacionales
Consentimiento
Acción de reconvención
Arbitraje internacional de inversión
Acceso a la justicia
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El objeto de los instrumentos internacionales, por ejemplo, los Acuerdos Multilaterales de Inversión, los capítulos de inversión de los Tratados de Libre Comercio, y los Acuerdos Internacionales de Inversión, es la promoción y protección de la inversión extranjera directa. La mayoría de estos instrumentos, disponen de forma expresa de obligaciones sustantivas atribuibles al Estado receptor de la inversión, aunque de forma implícita también disponen de obligaciones sustantivas atribuibles al inversionista extranjero, sin embargo, la nueva generación de instrumentos, sí incorporan obligaciones sustantivas del inversionista extranjero. Un tribunal arbitral internacional de inversión determina la jurisdicción y la competencia material sobre la demanda de reconvención ejercida por el Estado receptor de la inversión cuando acredita el cumplimiento de los requisitos jurisdiccionales de acuerdo con el marco legal de la solución de controversias inversionista – Estado. Los instrumentos contienen cláusulas de solución de controversias, pero en la práctica se presentan dificultades, pues las cláusulas, en la mayoría de instrumentos, no disponen de forma expresa el consentimiento para ejercer la demanda de reconvención por parte del Estado receptor de la inversión. Algunos instrumentos sí consienten, de forma expresa, que el Estado receptor de la inversión podrá ejercer la demanda de reconvención. |
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