Los acreedores hostiles en el derecho concursal colombiano

El derecho concursal colombiano no positiviza la figura del acreedor hostil y tampoco brinda herramientas para sancionar los comportamientos hostiles que se presenten al interior del proceso concursal por parte de los acreedores. Frente a esta problemática, el presente trabajo tiene por objeto (i) i...

Full description

Autores:
Camacho Rozo, Daniel
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/6550
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/6550
https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.6550
Palabra clave:
Leyes
Interpretación del derecho
Actos - Derecho
Derecho concursal
Acreedores
Acreedor hostil
Obligaciones
Responsabilidad
Abuso del derecho
Objeción
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El derecho concursal colombiano no positiviza la figura del acreedor hostil y tampoco brinda herramientas para sancionar los comportamientos hostiles que se presenten al interior del proceso concursal por parte de los acreedores. Frente a esta problemática, el presente trabajo tiene por objeto (i) identificar múltiples derechos legítimos que pueden desplegar los acreedores para proteger sus intereses patrimoniales al interior del proceso de insolvencia, (ii) analizar el principio general del abuso del derecho y sus manifestaciones en el foro concursal y (iii) examinar la figura del acreedor hostil, así como las consecuencias normativas impuestas en el derecho comparado. Con todo lo anterior, la presente investigación jurídica obtiene conclusiones de diferente índole, sin embargo las más importantes son: (i) no es posible que el juez del concurso declare la existencia de un acreedor hostil al interior del concurso, pero con fundamentos constitucionales y procesales puede declarar la existencia de acreedores abusivos, desleales o de mala fe e imponer multas correlativas y (ii) la previa declaratoria no puede fundamentarse únicamente en la existencia de un abuso en el ejercicio de los derechos subjetivos sino que por el contrario debe fundarse en la existencia de daños probados al interior del concurso, entre otras.