La contradicción como garantía del debido proceso en la actuación disciplinaria, en el marco de las leyes 734/2002, 1952/19 y 2094/21
La Contradicción, como principio y garantía del debido proceso, elevado por la norma disciplinaria como parte del reconocimiento a la dignidad humana, es trascendental para el ejercicio de una adecuada defensa por parte del indagado, investigado o disciplinado, la cual debe ser respetada durante el...
- Autores:
-
Losada Cerquera, Claudia Patricia
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/14435
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/14435
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.726
- Palabra clave:
- Procedimiento administrativo
Proceso disciplinario
Derechos humanos
Contradicción
Garantía
Debido proceso
Disciplinario
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La Contradicción, como principio y garantía del debido proceso, elevado por la norma disciplinaria como parte del reconocimiento a la dignidad humana, es trascendental para el ejercicio de una adecuada defensa por parte del indagado, investigado o disciplinado, la cual debe ser respetada durante el desarrollo de todo el proceso disciplinario, lo que implica asegurar una participación activa de los sujetos procesales en la aportación y practica de las pruebas, así como asegurarle la efectiva posibilidad de ejercer este derecho de contradecir las pruebas que le resulten desfavorables, a través de los medios legales dispuestos para ello, so pena de incurrir en una nulidad por violación al derecho de defensa y debido proceso; ello a lo largo de todo el decurso del proceso, desde el inicio de la actuación disciplinaria hasta la emisión del fallo correspondiente. |
---|