Desafiar los binarios: hacia un derecho internacional económico no binario

Este artículo examina el potencial transformador de adoptar un enfoque no binario en el derecho internacional, enfocándose particularmente en el derecho internacional económico. Las categorías binarias tradicionales de sexo y género dentro de los marcos legales no solo restringen una comprensión int...

Full description

Autores:
Vergara Arenas, Izabella
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/25567
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/25567
https://doi.org/10.18601/01229893.n60.08
Palabra clave:
Non-binary law,
international economic law,
gender diversity,
gender studies,
queer perspectives
Derecho no binario,
derecho internacional económico,
diversidad de género,
estudios de género,
perspectivas queer
Rights
openAccess
License
Izabella Vergara Arenas - 2024
Description
Summary:Este artículo examina el potencial transformador de adoptar un enfoque no binario en el derecho internacional, enfocándose particularmente en el derecho internacional económico. Las categorías binarias tradicionales de sexo y género dentro de los marcos legales no solo restringen una comprensión integral de la diversidad humana, sino que también perpetúan desigualdades sistémicas. Al desafiar estos binarios, el artículo discute cómo el derecho internacional puede evolucionar para representar de manera holística la diversidad global. El artículo aborda la resistencia enfrentada al integrar perspectivas no binarias debido a las normas culturales, sociales y políticas predominantes. Sobre esta base, las investigaciones futuras podrían profundizar cómo los conceptos no binarios podrían incorporarse en las perspectivas del comercio internacional y explorar las intersecciones de género, raza y clase en nuestra compresión del derecho internacional. En última instancia, el artículo aboga por un marco de derecho internacional que no solo reconozca sino que celebre e incorpore sistemáticamente un espectro de identidades de género, cumpliendo así su promesa de universalidad.