Una mirada socio-jurídica a la autonomía territorial de los pueblos indígenas de la Amazonía : desafíos y expectativas no cumplidas
La Constitución Política de 1991 consagró por primera vez el reconocimiento a nivel constitucional de los derechos de los pueblos étnicos. En ese contexto, las Entidades Territoriales Indígenas fueron creadas como nueva figura de ordenación territorial. Las ETIs representan la materialización del de...
- Autores:
-
Bernal Pinilla, Sandra Milena
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/14790
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/14790
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.1433
- Palabra clave:
- Etnología - Aspectos jurídicos
Pueblo - Indígenas
Comunidades indígenas
Entidades territoriales indígenas
Áreas no municipalizadas
Territorio indígena
Autonomía territorial indígena
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La Constitución Política de 1991 consagró por primera vez el reconocimiento a nivel constitucional de los derechos de los pueblos étnicos. En ese contexto, las Entidades Territoriales Indígenas fueron creadas como nueva figura de ordenación territorial. Las ETIs representan la materialización del derecho a la autonomía territorial pues permiten que los pueblos étnicos puedan ejercer el gobierno propio en sus territorios ancestrales. Sin embargo, la puesta en funcionamiento de las ETIs quedo supedita, a la luz del artículo 329 constitucional, a la expedición de una ley orgánica por parte del Congreso de la República. Y treinta y dos años después, esta omisión legislativa aún persiste. El presente escrito examina como la ausencia de una ley orgánica de ordenamiento territorial que permita la puesta en funcionamiento de las Entidades Territoriales Indígenas, puede contribuir a la municipalización de territorios indígenas ubicados en las áreas no municipalizadas y las afectaciones que esto genera. Finalmente, el texto da cuenta como la jurisprudencia constitucional ha sido la principal herramienta de protección de la autonomía territorial de los pueblos indígenas amazónicos, ante la ausencia de regulación del artículo 329 constitucional por parte del Legislador. |
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