Breakup fees o pagos por terminación en las ofertas públicas de adquisición (OPA): ¿por qué no los asume la compañía objetivo?
Los breakup fees o pagos por terminación operan como instrumentos distributivos del riesgo que permite el reembolso de lo invertido cuando la operación se frustra por alguna de las causales definidas en el acuerdo. Con todo, han sido objeto de intenso debate cuando el reembolso se establece en favor...
- Autores:
-
Carreño Mendoza, Sergio
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/15434
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/15434
https://doi.org/10.18601/01234366.44.10
- Palabra clave:
- Takeover bids,
tender offer,
breakup fees,
target,
managers
ofertas públicas de adquisición (OPA),
pagos por terminación,
breakup fees,
compañía objetivo,
administradores
- Rights
- openAccess
- License
- Sergio Carreño Mendoza - 2022
Summary: | Los breakup fees o pagos por terminación operan como instrumentos distributivos del riesgo que permite el reembolso de lo invertido cuando la operación se frustra por alguna de las causales definidas en el acuerdo. Con todo, han sido objeto de intenso debate cuando el reembolso se establece en favor del comprador por las repercusiones que pueden tener sobre la compañía objetivo, sus accionistas y el bienestar social. En esta línea, el Decreto 2555 de 2010 y la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia han optado por una solución restrictiva que proscribe los pagos asumidos por la compañía objetivo. Pese a las nobles intenciones que persigue la norma, ha llegado el momento de modificar la estrategia, pues no existe información que permita establecer de forma concluyente que la prohibición mejora la posición de los accionistas y, por el contrario, puede estar afectando el volumen de operaciones y los precios de venta. Teniendo esto presente, se propone la adopción de un modelo regulatorio que establezca de antemano los requisitos que deberán cumplir los administradores cuando los negocian. |
---|