El caso de la hacienda ‘El Novillero’ o ‘La Dehesa de Bogotá’ de 1834. El tránsito del derecho colonial al derecho republicano

El artículo analiza la ley de 10 de julio de 1824 que extingue “los mayorazgos, vinculaciones y sustituciones existentes al tiempo de promulgación”, ley implementada en el caso del mayorazgo de la Hacienda ‘El Novillero’ o ‘La Dehesa de Bogotá’. En este caso, fallado por un Tribunal de Árbitros en m...

Full description

Autores:
Ramirez Cleves, Gonzalo Andres
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/11321
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/11321
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpri/article/view/3796
Palabra clave:
derecho de bienes
mayorazgos
sucesiones
tránsito del derecho colonial al derecho republicano en Colombia
derechos sucesorios de la mujer
Jeremías Bentham
arbitraje y argumentación jurídica en Colombia en el siglo XIX
abogados en el siglo XIX en Col
Property Law
primogeniture
inheritance
the transit from Colonial law to Republican law in Colombia
Rights of inheritance for woman
Jeremy Bentham
Arbitration and legal argumentation in Colombia
lawyers in Colombia in the Nineteenth Centur
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El artículo analiza la ley de 10 de julio de 1824 que extingue “los mayorazgos, vinculaciones y sustituciones existentes al tiempo de promulgación”, ley implementada en el caso del mayorazgo de la Hacienda ‘El Novillero’ o ‘La Dehesa de Bogotá’. En este caso, fallado por un Tribunal de Árbitros en mayo de 1834, se comprueba el tránsito de las prácticas y formas jurídicas coloniales a las republicanas con la mixtura de leyes, precedentes judiciales y dogmática jurídica coloniales y republicanas. Del mismo modo, el estudio del caso evidencia las argumentaciones jurídicas utilizadas por los abogados de las partes, Vicente Azuero y Ramón Ortiz, como referencias a diccionarios jurídicos, a las Leyes de Toro de 1505 o a los textos de Jeremías Bentham, al igual que el uso de principios jurídicos como la vigencia de la ley en el tiempo o el tratamiento de las sucesiones con relación a las mujeres y la eliminación del derecho de agnación por la libre voluntad de los mayorazguistas. Finalmente el artículo constata la necesidad que se tiene en la República de proscribir las antiguas formas de propiedad de carácter estamental y dar lugar al libre comercio y enajenación de tierras para su mayor aprovechamiento y producción económica.