Los Incoterms como instrumento de derecho suave (soft law)

Derivado de las profundas transformaciones que ha experimentado el Dere­cho internacional, la Lex Mercatoria y el Derecho suave (Soft law) han emergido como una alternativa al tradicional Derecho duro (Hard law). Con el paso del tiempo el Derecho suave (Soft law) ha ido adquiriendo un mayor protagon...

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Autores:
Calderón Marenco, Eduardo Andrés
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/10407
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10407
https://doi.org/10.18601/16923960.v17n1.02
Palabra clave:
Lex Mercatoria;
Incoterms;
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Eduardo Calderón Marenco - 2019
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description Derivado de las profundas transformaciones que ha experimentado el Dere­cho internacional, la Lex Mercatoria y el Derecho suave (Soft law) han emergido como una alternativa al tradicional Derecho duro (Hard law). Con el paso del tiempo el Derecho suave (Soft law) ha ido adquiriendo un mayor protagonismo en el escenario jurídico internacional, posicionándose como un instrumento del que gozan las partes para regular sus transacciones internacionales, aun­que carezca de efectos vinculantes. No obstante se encuentra revestido de voluntariedad, por medio de la autonomía conflictual, lo que les otorga un carácter vinculante para las partes. Es así que este Derecho se compone de un amplio espectro de instrumentos, los que encuentran aceptación en los diferentes sistemas jurídicos, en variadas áreas del derecho, y dan respuesta a las necesidades de los diferentes interesados. Empero, en el ámbito comercial internacional estos instrumentos se han nutrido de la Lex Mercatoria, un ejemplo de ello son los Incoterms, usos y costumbres que uniforman y sistematizan este ordenamiento jurídico, creado por los comerciantes, propio de los negocios jurídicos de compraventa internacional de mercadería. Por esto consideramos relevante analizar esta nueva corriente a nivel internacional y su incorporación dinámica en estos instrumentos jurídicos.
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Es así que este Derecho se compone de un amplio espectro de instrumentos, los que encuentran aceptación en los diferentes sistemas jurídicos, en variadas áreas del derecho, y dan respuesta a las necesidades de los diferentes interesados. Empero, en el ámbito comercial internacional estos instrumentos se han nutrido de la Lex Mercatoria, un ejemplo de ello son los Incoterms, usos y costumbres que uniforman y sistematizan este ordenamiento jurídico, creado por los comerciantes, propio de los negocios jurídicos de compraventa internacional de mercadería. Por esto consideramos relevante analizar esta nueva corriente a nivel internacional y su incorporación dinámica en estos instrumentos jurídicos.Derived from the profound changes that international law has undergone, the Lex Mercatoria and the Soft Law have emerged as an alternative to the traditional Hard Law. With the passage of time, the Soft Law has been ac­quiring a greater role in the international legal scene, positioning itself as an instrument enjoyed by the parties to regulate their international transactions, although it lacks binding effects. However, it is covered with voluntariness, through conflict autonomy, which gives them a binding character for the par­ties. Thus, this Law is composed of a broad spectrum of instruments, which find acceptance in different legal systems, in various areas of law, and respond to the needs of different stakeholders. However, in the international com­mercial field these instruments have been nurtured by the Lex Mercatoria, an example of which are the Incoterms, uses and customs that standardize and systematize this legal system, created by the merchants, typical of the legal business of international sales of commodity. For this reason, we consider it important to analyze this new international trend and its dynamic incorpora­tion in these legal instruments.application/pdftext/html10.18601/16923960.v17n1.021692-3960https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10407https://doi.org/10.18601/16923960.v17n1.02spaDepartamento de Derecho Comercialhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/emerca/article/download/5820/7323https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/emerca/article/download/5820/7413Núm. 1 , Año 20188514717Revista e-mercatoriaAcosta, F. (2002). Incoterms, Términos de Compraventa Internacional. México: Ediciones Fiscales ISEF.All, P. M. (2013). Algunos interrogantes sobre la fuerza y la debilidad de la codifica¬ción privada internacional. En D. Fernández Arroyo, Derecho Internacional Privado y Derecho de la Integración (págs. 169-204). Asunción: CEDEP.Alzate Ossa, M. (2013). Los Incoterms, el contrato de seguro y la compraventa internacional de mercaderías: la transferencia del dominio y del riesgo en el con¬trato de compraventa internacional y los Incoterms, y su relación con el interés asegurable y la cobertura en el contrato. principia iuris, (19), 269-324.Ayoğlu, T. (2014). Some Reflectionson the Sources of Lex Mercatoria. Recuperado de https:// www.trans-lex.org/bibliopdfs/tolga_ayoglu.pdfBernitz, U. (2013). Commercial norms and soft law. Scandinavian stuidies in law, (58), 29-44.Boretto, M. M. (2012). Soft Law. Nuevos enfoques para el desarrollo progresivo del Derecho Internacional de la Propiedad Intelectual. Ars Boni Et Aequi, (2), 81-144.Bouza Vidal, N. (2005). Aspectos actuales de la autonomía de la voluntad en la elección de la jurisdicción y ley aplicables a los contratos internacionales. Recuperado de http://www. ehu.eus/cursosderechointernacionalvitoria/ponencias/pdf/2004/2004_5.pdfBoyeras Schumman, D. (2012). 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