Luces y sombras del ejercicio del test de sustitución en Colombia

Se adelanta un balance general sobre el ejercicio del control de constitucionalidad sobre los denominados “vicios de competencia”, por parte de la Corte Constitucional colombiana, a lo largo de casi dos décadas. En tal sentido, se plantea que, contrario a lo que podría pensarse, la realización del r...

Full description

Autores:
Ramelli, Alejandro
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/11218
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/11218
https://doi.org/10.18601/01229893.n48.02
Palabra clave:
Substitution of the Constitution;
control of constitutionality due to substantive grounds;
supraconstitutionality;
control of constitutionality over the peace process;
intangible clauses
Sustitución de la Constitución;
control de constitucionalidad por vicios de competencia;
supraconstitucionalidad;
control de constitucionalidad sobre el proceso de paz;
cláusulas intangibles
Rights
openAccess
License
Alejandro Ramelli - 2020
Description
Summary:Se adelanta un balance general sobre el ejercicio del control de constitucionalidad sobre los denominados “vicios de competencia”, por parte de la Corte Constitucional colombiana, a lo largo de casi dos décadas. En tal sentido, se plantea que, contrario a lo que podría pensarse, la realización del referido control de constitucionalidad no ha inhibido el espíritu reformista del Congreso de la República. Sin embargo, paradójicamente, algunos fallos de la Corte Constitucional, en especial referidos a temas de estructura del Estado (v. gr., administración de justicia), pueden introducir algunas rigideces inconvenientes al Texto Fundamental de 1991. Por último, se pretende demostrar que la realización del test de sustitución resultó ser extremadamente severo en materia de implementación del Acuerdo de Paz, lo cual no deja de ser sorprendente, dado el carácter temporal de estas reformas constitucionales.