Necesidad de protección a los conocimientos tradicionales. Especial mención a las expresiones culturales tradicionales
El presente texto pretende señalar el foco de atención que tiene la regulación local e internacional sobre conocimientos tradicionales, la cual se centra principalmente en aquellos conocimientos asociados a recursos biológicos, dejando de lado aquellos que no entran en esta categoría. Ello plantea u...
- Autores:
-
Ceballos Delgado, José Miguel
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/26188
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/26188
https://doi.org/10.18601/16571959.n29.02
- Palabra clave:
- traditional knowledge;
traditional cultural expressions;
designations of origin;
cultural appropriation;
collective trademarks;
intellectual property;
folklore
conocimientos tradicionales;
expresiones culturales tradicionales;
denominaciones de origen;
apropiación cultural;
marcas colectivas;
propiedad intelectual;
folclor
- Rights
- openAccess
- License
- José Miguel Ceballos Delgado - 2020
Summary: | El presente texto pretende señalar el foco de atención que tiene la regulación local e internacional sobre conocimientos tradicionales, la cual se centra principalmente en aquellos conocimientos asociados a recursos biológicos, dejando de lado aquellos que no entran en esta categoría. Ello plantea un reto para los titulares de dichos conocimientos, y el sistema de propiedad intelectual, un reto concerniente a edificar un sistema particular y suficiente que blinde jurídicamente tales intangibles y sus titulares. Con tal fin, se presentará el estado del arte actual (normativa, conceptual y jurisprudencialmente), para luego observar algunos sistemas de protección sobre estos intangibles, la experiencia colombiana, las dificultades derivadas de la diversa cosmovisión de los titulares de estos conocimientos versus la regulación vigente, para finalizar a modo de conclusión con lo que a nuestro juicio habría de contener mínimamente un sistema de protección de estos conocimientos. |
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