El principio general de reductio ad aequitatem por desequilibrio contractual

Para atender las exigencias del mundo actual se requiere de la proposición de categorías dogmáticas que contribuyan en el desarrollo del sistema jurídico unificando conceptos, simplificando caminos interpretativos, y sobre la base de la propia tradición rediseñar instrumentos para mejorar el derecho...

Full description

Autores:
Chamie, José Félix
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2012
Institución:
Universidad Externado de Colombia
Repositorio:
Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/11106
Acceso en línea:
https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/11106
https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpri/article/view/3195
Palabra clave:
aprovechamiento de estados de debilidad
comparación jurídica
equilibrio contractual
derecho europeo
derecho latinoamericano
derecho medieval
derecho romano
estado de necesidad
estado de peligro
lesión enorme
principios generales del derecho
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Para atender las exigencias del mundo actual se requiere de la proposición de categorías dogmáticas que contribuyan en el desarrollo del sistema jurídico unificando conceptos, simplificando caminos interpretativos, y sobre la base de la propia tradición rediseñar instrumentos para mejorar el derecho poniéndolo a tono con las exigencias de su tiempo. De allí la intención del autor de aventurarse en una reconstrucción histórico-dogmática de figuras bien conocidas por la tradición del sistema jurídico romano-germánico, en aras de identificar un principio de moderación en los contratos. Un principio de equilibrio que desde los tiempos de la Escuela medieval se contiene en la expresión reductio ad aequitatem y se realiza mediante instrumentos que procuran corregir y adaptar el contrato según el caso. Así, el autor se fija en los momentos de la celebración y de la ejecución del contrato para observar la ratio de los institutos que en esos momentos del iter contractual sirven la causa de la equidad para ajustar la sinalagmaticidad de la relación, contrastar abusos y desequilibrios causados por las partes o por eventos extraños al riesgo del contrato.