La mediación penal: un análisis desde la regulación del Código Orgánico Integral Penal
El presente trabajo tiene como objetivo valorar la regulación legal de la figura de los métodos alternos de resolución de conflictos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), específicamente desde la perspectiva de la mediación. El artículo se divide en dos partes. La primera dirigida al estudio...
- Autores:
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Arguello Saltos, Édgar Joselito
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
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- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/8142
- Acceso en línea:
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- Palabra clave:
- Mediation;
Reconciliation;
Restorative Justice;
COIP
Mediación;
Conciliación;
Justicia restaurativa;
COIP
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El presente trabajo tiene como objetivo valorar la regulación legal de la figura de los métodos alternos de resolución de conflictos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), específicamente desde la perspectiva de la mediación. El artículo se divide en dos partes. La primera dirigida al estudio y análisis de los beneficios y riesgos de los mecanismos de solución de controversias desde la perspectiva de la justicia restaurativa, la mediación y la conciliación. La segunda parte evalúa la regulación legal de estos procedimientos en el COIP desde tres aspectos fundamentales: el aspecto objetivo de la mediación (los delitos), el aspecto subjetivo (la figura del mediador) y el acuerdo. Para el logro de este objetivo se utilizaron los métodos de investigación científico histórico – lógico, exegético – analítico, jurídico comparado y la técnica de investigación, análisis de documentos. Su principal resultado el análisis de la regulación de la mediación en el COIP en Ecuador, sus principales contradicciones y aportes positivos como un código moderno sustentado en el principio del debido proceso, el respeto de los derechos de las víctimas y garantías de los infractores. |
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Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología (17-01), 1-25. Dandurand, Y. y Griffiths, C. (2006). Manual sobre programas de justicia restaurativa. Serie de manuales sobre justicia penal. Nueva York: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Díaz Madrigal, I. N. (2016). La mediación en el sistema de justicia penal: justicia restaurativa en México y España. Serie Juicios Orales. Ciudad de México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas. García-Rostán Calvín, G. (2008). Víctima y mediación penal. Anales de Derecho (26), 445-456. Lauría Masaro, M. y Montenegro, L. (2016). Aplicación de la reparación y la conciliación en la jurisprudencia nacional. Buenos Aires: Secretaria General de Capacitación y Jurisprudencia, Ministerio Público de la Defensa. Liébana Ortiz, J. R. (diciembre de 2011). Jurisdicción voluntaria, conciliación y mediación: notas para su delimitación dogmática. REDUR 9, 147-164. Márquez Cárdenas, Á. E. (2012). 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Consejo Económico y Social en virtud de su resolución 1998/23 de 28 de julio sobre “Cooperación internacional para reducir el hacinamiento en las cárceles y promover la aplicación de condenas sustitutorias del encarcelamiento”. Consejo Económico y Social en su Resolución número 1999/26 de 28 de julio relativa a la “Elaboración y aplicación de medidas de mediación y justicia restitutiva en materia de justicia penal”. Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, Resolución 2002/12 de 24 de julio, contentiva de los “Principios básicos para la aplicación de programas de justicia restitutiva en materia penal”, adoptada en la 37ª sesión plenaria. Consejo Económico y Social de Naciones Unidas en Resolución 2016/17, aprobada en la 47ª sesión plenaria celebrada el 26 de julio de 2016 por recomendación de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal (E/2016/30). Consejo de la Unión Europea. Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea de 15 de marzo de 2001 relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal. Constitución de la República del Ecuador (2008). Incluye las reformas aprobadas en el Referéndum y Consulta Popular de 7 de mayo de 2011. Publicada en el Registro Oficial n.º 449. 20 de octubre de 2008. Código Orgánico Integral Penal (2014). Serie Justicia y Derechos Humanos Neoconstitucionalismo y Sociedad. Quito, Ecuador: Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos Subsecretaría de Desarrollo Normativo. Código Procesal Penal de la República de Perú. Decreto Legislativo n.º 957, publicado el pasado 29 de julio del año 2004 en el Diario Oficial “El Peruano”. Código de Procedimiento Penal de Colombia; Ley 906 de 2004, publicado por Defensoría del Pueblo de la República de Colombia, Bogotá D.C., Colombia, 2008. Código Procesal Penal de la Nación. Ley 27 063. Sancionado el 4 de diciembre de 2014, promulgado el 9 de diciembre de 2014. 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Para el logro de este objetivo se utilizaron los métodos de investigación científico histórico – lógico, exegético – analítico, jurídico comparado y la técnica de investigación, análisis de documentos. Su principal resultado el análisis de la regulación de la mediación en el COIP en Ecuador, sus principales contradicciones y aportes positivos como un código moderno sustentado en el principio del debido proceso, el respeto de los derechos de las víctimas y garantías de los infractores.The present work has as objective to value the legal regulation of the figure of the alternating methods of conflicts in the Code Organic Penal Integral (COIP), specifically from the perspective of the mediation. The article is divided in two parts. The first one directed to the study and analysis of the benefits and risks of the mechanisms of solution of controversies from the perspective of the restorative justice, the mediation and the reconciliation. The second part evaluates the legal regulation of these procedures in the COIP from three fundamental aspects, the objective aspect of the mediation (the crimes), the subjective aspect (the mediator’s figure) and the agreement. For the achievement of this objective the methods of investigation historical scientist were used - logical, exegetic - analytic, juridical compared and the investigation technique, analysis of documents. Their main result the analysis of the regulation of the mediation in the COIP in Ecuador, their main contradictions and positive contributions as a modern code sustained in the principle of the due process, the respect of the rights of the victims and the offenders’ guarantees.application/pdf10.18601/01210483.v40n108.022346-21080121-0483https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/8142https://doi.org/10.18601/01210483.v40n108.02spaInstituto de Ciencias Penales y Criminológicashttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpen/article/download/6820/9296Núm. 108 , Año 2019 : Enero-Junio361081340Derecho Penal y CriminologíaAguilera Morales, M. (diciembre de 2011). La mediación penal: ¿quimera o realidad? redur 9, 127-146.Álvarez, M. P. (2010). Experiencias prácticas de la mediación penal. Familia, 79-84.Becerra, D. (julio-diciembre de 2009). La conciliación preprocesal en el sistema penal acusatorio y sus principales aportes. Prolegómenos. Derechos y Valores, xii (24), 169-187.Butrón Baliña, P. M. (2011). La mediación penal. Los retos del Poder Judicial ante la sociedad globalizada: Actas del iv Congreso Gallego de Derecho Procesal (IInternacional), (pp. 43-49). La Coruña.Canizzaro, C. M. (2015). Conciliación. roblemas e incongruencias del nuevo Código Procesal Penal de la Nación. Lecciones y Ensayos (95), 215-245.Catalina Benavente, M. A. (diciembre de 2014). Breve acercamiento a la mediación penal en Alemania. Cuaderno Electrónico de Estudios Jurídicos (3), 47-58.Cuadrado Salinas, C. (2015). La mediación ¿Una alternativa real al proceso penal? Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología (17-01), 1-25.Dandurand, Y. y Griffiths, C. (2006). Manual sobre programas de justicia restaurativa. Serie de manuales sobre justicia penal. Nueva York: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.Díaz Madrigal, I. N. (2016). La mediación en el sistema de justicia penal: justicia restaurativa en México y España. Serie Juicios Orales. Ciudad de México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.García-Rostán Calvín, G. (2008). Víctima y mediación penal. Anales de Derecho (26), 445-456.Lauría Masaro, M. y Montenegro, L. (2016). Aplicación de la reparación y la conciliación en la jurisprudencia nacional. Buenos Aires: Secretaria General de Capacitación y Jurisprudencia, Ministerio Público de la Defensa.Liébana Ortiz, J. R. (diciembre de 2011). Jurisdicción voluntaria, conciliación y mediación: notas para su delimitación dogmática. REDUR 9, 147-164.Márquez Cárdenas, Á. E. (2012). La mediación como mecanismo de solución de justicia alternativa. Revista Prolegómenos - Derechos y Valores, 149-171.Martínez Solís, D. (julio-diciembre de 2017). La difusión de la mediación en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio. Revista Iberoamericana de Producción Académica y Gestión Educativa, 4(8).Pérez Sauceda, J. B. y Zaragoza Huerta, J. (2011). Justicia restaurativa: Del castigo a la reparación. En F. G. Campos Domínguez, D. Cienfuegos Salgado, L. RodríguezLozano, J.; Zaragoza Huerta, Entre libertad y castigo: Dilemas del Estado contemporáneo. Estudios en homenaje a la maestra Emma Mendoza Bremauntz (pp. 640-654). Ciudad de México: Facultad de Derecho de la UNAM, LAguna, Instituto de Estudios Parlamentarios Eduardo Neri.Salas Beteta, C. (enero-junio de 2007). Principio de oportunidad: conciliación en el ámbito penal. Revista Internauta de Práctica Jurídica (19).Sánchez Álvarez, M. P. (2010). Experiencias prácticas de la mediación penal. Familia, 79-84.Consejo Económico y Social en virtud de su resolución 1998/23 de 28 de julio sobre “Cooperación internacional para reducir el hacinamiento en las cárceles y promover la aplicación de condenas sustitutorias del encarcelamiento”.Consejo Económico y Social en su Resolución número 1999/26 de 28 de julio relativa a la “Elaboración y aplicación de medidas de mediación y justicia restitutiva en materia de justicia penal”.Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, Resolución 2002/12 de 24 de julio, contentiva de los “Principios básicos para la aplicación de programas de justicia restitutiva en materia penal”, adoptada en la 37ª sesión plenaria.Consejo Económico y Social de Naciones Unidas en Resolución 2016/17, aprobada en la 47ª sesión plenaria celebrada el 26 de julio de 2016 por recomendación de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal (E/2016/30).Consejo de la Unión Europea. Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea de 15 de marzo de 2001 relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal.Constitución de la República del Ecuador (2008). Incluye las reformas aprobadas en el Referéndum y Consulta Popular de 7 de mayo de 2011. Publicada en el Registro Oficial n.º 449. 20 de octubre de 2008.Código Orgánico Integral Penal (2014). Serie Justicia y Derechos Humanos Neoconstitucionalismo y Sociedad. Quito, Ecuador: Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos Subsecretaría de Desarrollo Normativo.Código Procesal Penal de la República de Perú. Decreto Legislativo n.º 957, publicado el pasado 29 de julio del año 2004 en el Diario Oficial “El Peruano”.Código de Procedimiento Penal de Colombia; Ley 906 de 2004, publicado por Defensoría del Pueblo de la República de Colombia, Bogotá D.C., Colombia, 2008.Código Procesal Penal de la Nación. Ley 27 063. Sancionado el 4 de diciembre de 2014, promulgado el 9 de diciembre de 2014.Código Orgánico de la Función Judicial de Ecuador, Ley s/n, publicado en el Registro Oficial Suplemento 544 el 9 de Marzo de 2009.Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.Resolución 327-2014/ de 8 de diciembre, del Pleno del Consejo de la Judicatura y en virtud de la cual se expide el Reglamento para la Conciliación en asuntos relacionados con infracciones de tránsito se utilicen de manera indistinta los términos mediación y conciliación.Édgar Joselito Arguello Saltos - 2020info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpen/article/view/6820Mediation;Reconciliation;Restorative Justice;COIPMediación;Conciliación;Justicia restaurativa;COIPLa mediación penal: un análisis desde la regulación del Código Orgánico Integral PenalThe penal mediation: an analysis from the regulation of the code organic penal integralArtículo de revistahttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85Textinfo:eu-repo/semantics/articleJournal articlehttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTREFinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionPublicationOREORE.xmltext/xml2579https://bdigital.uexternado.edu.co/bitstreams/35bd2896-5a52-4062-8c81-0d53714130b6/downloadc4bc184bb0af13f5dce65c16018b254eMD51001/8142oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/81422023-08-14 15:20:13.452https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Édgar Joselito Arguello Saltos - 2020https://bdigital.uexternado.edu.coUniversidad Externado de Colombiametabiblioteca@metabiblioteca.org |