Principio acusatorio : ¿Presupuesto constitucional del procedimiento penal en Colombia?
Las múltiples reformas legislativas realizadas en varios países de Latinoamérica y Europa han tenido, como principal propósito, incorporar la estructura del sistema penal adversarial de Estados Unidos y con él, algunos de sus principios esenciales. Dentro de tales elementos, el principio acusatorio...
- Autores:
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Barrera Rodríguez, Lizbeth
- Tipo de recurso:
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Las múltiples reformas legislativas realizadas en varios países de Latinoamérica y Europa han tenido, como principal propósito, incorporar la estructura del sistema penal adversarial de Estados Unidos y con él, algunos de sus principios esenciales. Dentro de tales elementos, el principio acusatorio se erige como el más importante; pero, al mismo tiempo, es aquel que más imprecisiones conceptuales tiene. Determinar el concepto y el alcance preciso del principio acusatorio es una tarea fundamental para analizar si éste es un presupuesto constitucional necesario del procedimiento penal en Colombia o si, por el contrario, es simplemente una elección legislativa. |
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Sentencia C-762 (2009, octubre 29). Demanda de Inconstitucionalidad. M.P. Juan Carlos Henao Pérez. Corte Constitucional. Sentencia A-039 (2010, febrero 22). M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. Corte Constitucional. Sentencia C-025 (2010, enero 27). Demanda de Inconstitucionalidad. M.P. Humberto Antonio Sierra Porto. Corte Constitucional. Sentencia C-144 (2010, marzo 3). Demanda de Inconstitucionalidad. M.P. Juan Carlos Henao Pérez. Corte Constitucional. Sentencia C-371 (2011, mayo 11). Demanda de Inconstitucionalidad. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. Corte Constitucional. Sentencia C-540 (2011, julio 6). Demanda de Inconstitucionalidad. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. Corte Constitucional. Sentencia C-540 (2011, julio 6). Demanda de Inconstitucionalidad. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. Corte Constitucional. Sentencia 24.468 (2006, marzo 30). Casación. M.P. Edgar Lombana Trujillo. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia. Sentencia 26.309 (2007, abril 25). Casación. M.P. Yesid Ramírez Bastidas. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia. Sentencia 29.415 (2009, febrero 4). Casación. M.P. Julio Enrique Socha Salamanca. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia. Sentencia 34.370 (2010, diciembre 13). Casación. M.P. Sigifredo Espinosa Pérez y Alfredo Gómez Quintero. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia Sentencia 36.907 (2012, febrero 1). Casación. M.P. Julio Enrique Socha Salamanca. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia. Sentencia 39.886 (2013, octubre 13). Casación. M.P. José Leonidas Bustos Martínez. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia. Sentencia 33.254 (2013, febrero 27). Casación. M.P. José Leonidas Bustos Martínez. Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia. Sentencia T-176 (2008, febrero 21). Acción de tutela. M.P. Mauricio González Cuervo. Corte Constitucional. Sentencia T-319A (2012, mayo 3). Acción de tutela. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. Corte Constitucional. Sentencia T-533 (2001, mayo 21). Acción de tutela. M.P. Jaime Córdoba Triviño. Corte Constitucional. Sentencia T-657 (1998, noviembre 11). Acción de tutela. M.P. Carlos Gaviria Díaz. Corte Constitucional. Zamora, J. (1993). El principio acusatorio. Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal, (14-15), 75-84. Zamora, J. (2009). Justicia alternativa en materia penal. Themis, 117-157. Zepeda, G. (2005). Algunas modalidades del principio de oportunidad en las reformas penales de América Latína: Lecciones prácticas para México. En S. García Ramírez, Derecho Penal, Memorias del Congreso Internacional de Culturas y Sistemas Jurídicos Comparados (pp. 251-283). México D.F.: Instituto de Investigaciones Jurídicas (UNAM). |
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(15), 103-137.2027-1743http://hdl.handle.net/11232/1060instname:Universidad Sergio Arboledareponame:Repositorio Institucional Universidad Sergio Arboledarepourl:https://repository.usergioarboleda.edu.co/http://revistas.usergioarboleda.edu.co/index.php/cuadernos_de_derecho_penal/article/view/578Las múltiples reformas legislativas realizadas en varios países de Latinoamérica y Europa han tenido, como principal propósito, incorporar la estructura del sistema penal adversarial de Estados Unidos y con él, algunos de sus principios esenciales. Dentro de tales elementos, el principio acusatorio se erige como el más importante; pero, al mismo tiempo, es aquel que más imprecisiones conceptuales tiene. Determinar el concepto y el alcance preciso del principio acusatorio es una tarea fundamental para analizar si éste es un presupuesto constitucional necesario del procedimiento penal en Colombia o si, por el contrario, es simplemente una elección legislativa.Several recent legislative reforms in many Latin American and European countries were aimed to incorporate the United States of America’s adversarial criminal justice system and some of its essential principles. The adversarial principle stands as the most important of all, but it has also many conceptual inaccuracies. In order to clarify if the above mentioned principle is a constitutional requisite of the Colombian criminal proceedings or, instead, a merely legislative decision, it is needed to precise its concept and scope.Digitalapplication/pdfdocumentosspaUniversidad Sergio ArboledaRevista Cuadernos de Derecho Penal; núm. 15 (2016).Acto Legislativo 03 del 2002. Por el cual se reforma la Constitución Política Nacional. Diario Oficial Nº 45.040. Congreso de la República de Colombia, diciembre de 2002.Aguiló, J. (1997). Independencia e imparcialidad de los jueces y argumentación jurídica. Isonomía, (6), 71-79.Alcalá-Zamora y Castillo, N. (1992). Preocupaciones y directivas fundamentales del derecho procesal contemporáneo. En N. Alcalá-Zamora y Castillo, Estudios de teoría general e historia del proceso (1945-1972) (Tomo II, pp. 113-137). Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México.Almeyra, M. Á. (1997). ¿Juicio abreviado o la vuelta al inquisitivo? Revista sumplemento de jusriprudencia penal. La Ley, 357-380.Anitua, G. I. (2009). La importación de mecanismos consensuales del proceso estadounidense, en las reformas procesales latinoamericanas. Cátedra Hendler, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, Argentina.Armenta, T. (2004). Nuevo proceso penal: sistemas y valoración de pesos y contrapesos. 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