El derecho a impugnar la sentencia condenatoria
Este artículo pretende determinar tanto el sentido y alcance de la regla her-menéutica constitucional establecida en el inciso segundo del art. 93 de la Carta como el sentido y alcance, merced a la aplicación de dicha regla her-menéutica, del derecho a impugnar la sentencia condenatoria, previsto en...
- Autores:
-
Moreno Ortíz, Luis Javier
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Sergio Arboleda
- Repositorio:
- Repositorio U. Sergio Arboleda
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usergioarboleda.edu.co:11232/1073
- Acceso en línea:
- http://revistas.usergioarboleda.edu.co/index.php/cuadernos_de_derecho_penal/article/view/682
http://hdl.handle.net/11232/1073
http://revistas.usergioarboleda.edu.co/index.php/cuadernos_de_derecho_penal/article/view/682/580
- Palabra clave:
- Sentencias - Jurisprudencia -Colombia
Procedimiento penal - Colombia
Proceso judicial - Colombia
exercise of the right to challenge the guilty verdict without a legal regime that regulates it
hermeneutic rules provided for in treaties
interpretation of the Constitution
interpretation of rights under international treaties
right to challenge the guilty verdict
derecho a impugnar la sentencia condenatoria
ejercicio del derecho a impugnar la sentencia condenatoria sin un régimen legal que lo regule
interpretación de la Constitución
interpretación de los derechos conforme a tratados internacionales
reglas hermenéuticas previstas en los tratados
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
Summary: | Este artículo pretende determinar tanto el sentido y alcance de la regla her-menéutica constitucional establecida en el inciso segundo del art. 93 de la Carta como el sentido y alcance, merced a la aplicación de dicha regla her-menéutica, del derecho a impugnar la sentencia condenatoria, previsto en el inciso cuarto del art. 29 ibídem. Para ello, se parte de la distinción entre este derecho y el derecho a la doble instancia reconocido en el art. 31 de la Constitución; se propone una hipótesis sobre lo que debe entenderse como interpretación de los derechos y deberes reconocidos en la Constitución conforme a los tratados internacionales sobre derechos humanos ratifica-dos por Colombia. Además, se presentan unos escenarios hipotéticos nece-sarios para captar los matices que brinda el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de este derecho; se analiza el ejercicio del referido derecho en cada escenario, con las dificultades que se siguen de la omisión del legislador de su deber de regularlo y de los efectos dados a la decisión de inexequibilidad en la Sentencia C-792 de 2014; y se concluye que, al tratarse de un derecho constitucional fundamental, su interpretación debe hacerse conforme al principio pro homine, de manera que sea lo más am-plia posible y, merced a los principios de igualdad y de favorabilidad, su ejercicio debe estar regulado por la ley y no puede limitarse en el tiempo, a partir de un hito diferente a su reconocimiento por la Constitución o por un tratado internacional que haga parte del bloque de constitucionalidad. |
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