La inclusión educativa desde la Corte Constitucional
Los últimos dos sistemas jurídicos colombianos representan dos opuestos iusteóricos, pues la Constitución de 1886 se adscribió al formalismo y la Constitución Política de 1991 es marcadamente antiformalista. Esto tiene consecuencias en la forma de interpretar y aplicar el derecho, impactando las rel...
- Autores:
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Perilla Granados, Juan Sebastián Alejandro
- Tipo de recurso:
- Part of book
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Sergio Arboleda
- Repositorio:
- Repositorio U. Sergio Arboleda
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usergioarboleda.edu.co:11232/1573
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11232/1573
- Palabra clave:
- Integración escolar
Educación inclusiva
Igualdad de oportunidades en educación
Educación - Investigaciones
Educación inclusiva - Aspectos jurídicos - Colombia
Educación inclusiva - Colombia - Sentencias
School integration
Inclusive education
Educational equalization
Educational research
Inclusive education - Legal aspects - Colombia
Inclusive education - Colombia - Sentences
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
Summary: | Los últimos dos sistemas jurídicos colombianos representan dos opuestos iusteóricos, pues la Constitución de 1886 se adscribió al formalismo y la Constitución Política de 1991 es marcadamente antiformalista. Esto tiene consecuencias en la forma de interpretar y aplicar el derecho, impactando las relaciones que se gestan en el conglomerado social. El formalismo, comprende que el derecho tiene una aspiración de suficiencia, pues puede responder a las diferentes situaciones que se presentan desde la fuente tradicional del derecho: la ley. Por lo tanto, los operadores jurídicos deben adelantar interpretaciones miméticas fundamentadas en métodos como la exégesis, el sistemático, el histórico y el teleológico. Así, lo que no está escrito en la norma no es válido, exigiendo la materialización máxima del positivismo e incluso el iusnaturalismo. |
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