La forma específica en las marcas de color: más allá del requisito de representación gráfica para el registro.
La representación gráfica de las marcas de color ha sido objeto de discusión en distintos escenarios en la Comunidad Andina, de los que han surgido desde resoluciones de registro o cancelación por no uso y providencias relativas a la infracción de este tipo de derechos, hasta pronunciamientos del Tr...
- Autores:
-
Mateus Bernal, Juan Pablo
- Tipo de recurso:
- Article of investigation
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Sergio Arboleda
- Repositorio:
- Repositorio U. Sergio Arboleda
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usergioarboleda.edu.co:11232/1944
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11232/1944
https://doi.org/10.22518/jour.ccsh/20220203
https://revistas.usergioarboleda.edu.co/index.php/ccsh/issue/view/20222v22n43
- Palabra clave:
- Propiedad industrial
Marcas registradas - Legislación - Región Andina
Industrial property
Trademarks - Law and legislation - Andean region
marcas
marcas de color
representación gráfica
uso de la marca
acción de cancelación
acción de infracción
Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
propiedad industrial
trademarks
color trademarks
graphic representation
trademark use
cancellation action
Court of Justice of the Andean Community
industrial property
- Rights
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia (CC BY-NC-ND 2.5 CO)
Summary: | La representación gráfica de las marcas de color ha sido objeto de discusión en distintos escenarios en la Comunidad Andina, de los que han surgido desde resoluciones de registro o cancelación por no uso y providencias relativas a la infracción de este tipo de derechos, hasta pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.La Decisión 486 de 2000, como Régimen Común sobre Propiedad Industrial, exige que en las marcas de color este se encuentre delimitado por una forma específica. El objetivo del artículo es determinar qué debe entenderse por forma específica y cómo dicho requisito de representación gráfica trasciende el trámite de registro adelantado por las oficinas nacionales competentes encargadas del registro de propiedad industrial. Se pretende establecer, además, la manera en que es entendida la forma específica delimitante en las marcas de color tratándose de trámites o procesos posteriores al registro, como las acciones de cancelación por no uso y procesos de observancia como la acción por infracción de derechos de propiedad industrial. |
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