La inversión de la carga de la prueba en el proceso de enriquecimiento ilícito: una vulneración a los principios constitucionales y del derecho penal

La presente monografía tiene por propósito estudiar en forma juiciosa, aunque no acabada, por virtud del límite que impone la naturaleza del trabajo, la polémica figura del enriquecimiento ilícito, que presenta su mayor conflicto jurídico en el marco del desarrollo del proceso penal, cuando quiera q...

Full description

Autores:
Londoño Rosas, William
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Pontificia Universidad Javeriana Cali
Repositorio:
Vitela
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:vitela.javerianacali.edu.co:11522/2892
Acceso en línea:
https://vitela.javerianacali.edu.co/handle/11522/2892
Palabra clave:
Principios constitucionales
Derecho penal
Práctica procesal
Sistema jurídico
Rights
License
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Description
Summary:La presente monografía tiene por propósito estudiar en forma juiciosa, aunque no acabada, por virtud del límite que impone la naturaleza del trabajo, la polémica figura del enriquecimiento ilícito, que presenta su mayor conflicto jurídico en el marco del desarrollo del proceso penal, cuando quiera que, según lo dispuesto por el legislador y los diversos pronunciamientos de las Altas Cortes, se aplica la institución de la inversión de la carga de la prueba. Aunque dicha aplicación, según la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, se realiza en forma estricta o restringida, no deja de suscitar importantes cuestionamientos que dirigen su análisis sobre la fundamentación constitucional y legal del proceso penal con tendencia acusatoria. Dicha fundamentación, en gran medida ius filosófica, queda seriamente comprometida, por virtud de lo que, hasta ahora, se ha considerado como una práctica procesal que tiene por propósito la eficiencia del sistema de persecución penal, lo cual supone, desde el punto de vista filosófico, una renuncia al sistema ético kantiano y un salto al razonamiento moral consecuencial, en donde prima el cálculo sobre la substancia, y en donde, a fin de reparar un sistema jurídicamente precario, sacrifica las garantías constitucionales y el contenido axiológico propio que emana de la teleología del constituyente de 1991.