Diagnóstico del costo de cubrimiento de las exclusiones de PBS dentro del sistema general de seguridad social en salud en Colombia periodo 2010-2020
Con la Ley 100 de 1993 el Gobierno Nacional creó el Sistema de Seguridad Social Integral – SSSI y estipuló dos maneras de afiliación a este sistema, como primera medida el Régimen Contributivo (RC) y segundo, el Régimen Subsidiado (RS). En este trabajo de grado, se describen los factores económicos...
- Autores:
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Moreno Beltrán, Siria Ibonny
Ríos Ledesma, Zulman
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Institución Universitaria Antonio Jose Camacho
- Repositorio:
- Repositorio Uniajc
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniajc.edu.co:uniajc/683
- Acceso en línea:
- https://repositorio.uniajc.edu.co/handle/uniajc/683
- Palabra clave:
- Exclusiones del PBS
Plan de beneficio en salud
Régimen contributivo
Régimen subsidiado
Sistema general de seguridad social en salud
Unidad de pago por capitación
- Rights
- closedAccess
- License
- Institución Universitaria Antonio José Camacho, 2021
Summary: | Con la Ley 100 de 1993 el Gobierno Nacional creó el Sistema de Seguridad Social Integral – SSSI y estipuló dos maneras de afiliación a este sistema, como primera medida el Régimen Contributivo (RC) y segundo, el Régimen Subsidiado (RS). En este trabajo de grado, se describen los factores económicos que intervienen en la prestación de los servicios del plan de beneficios en salud en el desarrollo del SGSSS en Colombia durante el periodo 2010-2020. El enfoque metodológico utilizado es de tipo cualitativo – interpretativo, el cual corresponde a una tendencia expresa por profundizar en los significados estructurados del tema escogido por las investigadoras. Se concluye que mediante el marco constitucional y legal de los costos del cubrimiento del No PBS, la mencionada ley puntualizó al RS como una serie de normas que regulan la afiliación de los ciudadanos al SGSSS mediante el pago de una cotización subsidiada acordada entre los entes territoriales, las EPS, IPS y ARL, con giros derivados del ADRES. En efecto, se asume que el No PBS se deriva de aquellos servicios y tecnologías en salud que están excluidos del PBS, y por tanto, no son financiados por la UPC. Esto a causa del alto costo de los medicamentos innovadores, el tratamiento de algunas enfermedades como el cáncer, diabetes mellitus, hepatitis C, entre otras, que requieren de gran innovación tecnológica, lo que genera un desangre financiero de los sistemas de salud que en muchos casos no puedan cubrir los gastos en su totalidad. |
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